Clara González
Pensiones
Esta será la nueva edad de jubilación en 2025
La cifra lleva incrementándose desde 2013 y continuará haciéndolo hasta 2027
Cumplir la edad de jubilación es un hito significativo en la vida de cualquier persona, marcando el final de la carrera laboral y el inicio de una nueva etapa llena de oportunidades y desafíos. De hecho, abandonar el mundo laboral abre la puerta a un tiempo de mayor libertad para disfrutar de hobbies, viajar, y pasar tiempo con la familia y amigos o amigas. Sin embargo, cada año se complica aún más alcanzar la edad en la que poder dejar de trabajar, pues esta lleva incrementándose desde 2013 —así como el número de años que se deben haber cotizado—, a raíz de la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
En efecto, dicha legislación recoge un incremento en la edad de jubilación de un mes por cada año transcurrido entre 2013 y 2018, y de dos meses por cada año entre 2018 y 2027. Todo ello supondrá, llegado 2027, que se pueda acceder a la pensión de jubilación completa con 65 años si se han cotizado 38 años y 6 meses o más, o con 67 años si se cotizaron menos de 38 años y 6 meses.
Cambios en 2025 respecto al año anterior
Este año 2024, la edad de jubilación se sitúa en 65 años si se tienen cotizados 38 o más años, o 66 años y seis meses si se tienen menos de 38. Así y todo, la situación cambiará de cara al 1 de enero de 2025, momento en que se aplica un nuevo incremento para poder ser beneficiario o beneficiaria de la pensión completa de jubilación.
De esta manera, para 2025, la edad de jubilación se situará en 65 años si se han cotizado 38 años y 3 meses o más, o en 66 años y 8 meses si se tienen cotizados menos de 38 años y 3 meses.
Edades de jubilación y periodo de cotización desde 2023 (Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social)
Igualmente, para 2026 el periodo mínimo de cotización para jubilarse con 65 años será de 38 años y 3 meses o más. Para quienes hayan cotizado menos de esos años, la edad aumentará hasta los 66 años y 10 meses.
¿Y si me quiero jubilar antes de los 65?
La Seguridad Social ofrece la opción de jubilarse de manera anticipada voluntaria para aquellas personas que cumplan una serie de requisitos. A modo de resumen, para poder acogerse a este tipo de jubilación se debían haber cumplido 63 años y tener cotizados mínimo 35 años, de los cuales 2 tenían que estar comprendidos en los últimos 15 años antes de jubilarse.
Sin embargo, esta cifra también cambiará de cara a 2025: para jubilarse de manera anticipada con 63 años habrá que tener cotizados al menos 38 años y tres meses.
¿Puedo jubilarme después de alcanzar la edad ordinaria?
La respuesta es sí, y esto se conoce como jubilación demorada. "La jubilación voluntaria demorada es la posibilidad reconocida a las personas trabajadoras (por cuenta propia o ajena) de que, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación prolonguen su vida laboral, por lo que podrán acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación", señala la Revista de la Seguridad Social.
Así pues, desde el 1 de enero de 2022, la persona que retrasa voluntariamente su jubilación percibe un beneficio en la pensión cuando decide jubilarse. Se puede elegir entre dos opciones:
- Un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, lo que supondrá un aumento de la cuantía de la pensión.
- Una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente. Se recibe en el momento de la jubilación.
La Revista apunta que los requisitos para acceder a este tipo de jubilación son, en primer lugar, haber cotizado, como mínimo, 15 años y tener cumplida la edad mínima de jubilación ordinaria para el año en curso. Ambos requisitos deben cumplirse en el momento de la solicitud.
La edad a la que se deja de recibir la pensión por discapacidad
Otra de las prestaciones que concede la Seguridad Social es la pensión por discapacidad a las personas que cuentan con un 65% de discapacidad o más y que carecen de ingresos suficientes, es decir, cuya suma económica recibida mensualmente no alcanza los 7.250,60 euros.
No obstante, esta pensión no es vitalicia. De hecho, se deja de recibir cuando se cumplen 65 años, momento en el que se podría solicitar la pensión no contributiva por jubilación (si no se cumplen los requisitos para recibir una pensión de jubilación), para la cual es obligatorio tener 65 años y haber residido en España durante 10 años, como mínimo, desde los 16. Además, para solicitarla, la cuantía máxima que se obtiene al mes debe ser inferior a los 7.250,60 euros.
En definitiva, es importante conocer los requisitos establecidos por la Seguridad Social para acceder a las pensiones que ofrece, de cara a tener planificados los años venideros tras la jubilación.