Pensiones

Pago de las pensiones en octubre 2024: ¿qué día se cobra la pensión en Banco Ibercaja?

Marta Jurado

Foto: Europa Press

Viernes 4 de octubre de 2024

ACTUALIZADO : Jueves 10 de octubre de 2024 a las 16:50 H

3 minutos

65YMÁS ha preguntado a la entidad aragonesa la fecha exacta de pago de la pensión

Pago pensiones octubre 2024: ¿qué día se cobra en Ibercaja?
Marta Jurado

Foto: Europa Press

Viernes 4 de octubre de 2024

3 minutos

Pago de las pensiones en octubre de 2024: ¿cuál es la fecha de cobro en cada banco?

 

Puede que usted piensa que la Seguridad Social abona las pensiones el día 25 de cada mes. Pero no tiene por que ser así, ya que depende de la entidad y la fecha puede verse modificada. La Seguridad Social paga las pensiones entre el día 1 y el día 4 de cada mes, es decir, a mes vencido.

No obstante, la mayoría de los bancos adelantan este pago haciendo previsiones de lo que cobrarán sus clientes, que suele ser siempre lo mismo, por lo que el diario 65YMÁS ha hecho una ronda de preguntas para confirmar la fecha exacta de cobro de la pensión en cada banco en el mes de octubre. 

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¿Cuándo paga el Ibercaja las pensiones de septiembre?

"El abono correspondiente a las pensiones de la Seguridad Social se hace efectivo el 25 de cada mes. Si el día 25 cae en fin de semana o festivo, el abono se realiza el día anterior hábil", confirman desde Ibercaja (@ibercaja).

"En este caso, al caer el 25 en viernes, el abono se haría efectivo a lo largo del día 25", aseguran fuentes del banco con sede en Zaragoza a 65YMÁS. 

Opciones de pago para pensionistas

Tal y como establece la normativa de la Seguridad Social, el pensionista puede elegir entre las siguientes modalidades de pago:

1) A través de entidades financieras: 

Bancos, cajas de ahorros y cajas rurales y cooperativas de crédito, así como las agrupaciones o asociaciones de estas entidades financieras. La cuenta o libreta puede ser:

  • Cuenta corriente o libreta de ahorro restringidas, de titularidad del perceptor y necesariamente individual, con la única finalidad del abono de la pensión y de disposición exclusiva por el titular
  • Cuenta corriente o libreta de ahorro ordinarias, de titularidad del perceptor, que podrá ser individual o conjunta, figurando el beneficiario o, en su caso, su representante legal como uno de sus titulares.

2) Por medio de graduados sociales: 

Cada graduado social que realice pagos a pensionistas debe designar la entidad financiera, agrupación o asociación a través de la cual desea recibir los fondos para satisfacer las pensiones. A tal efecto, debe obtener previamente la conformidad de la entidad financiera, de la cual recibirá la documentación necesaria para el pago. 

3) A través de los administradores de las residencias de pensionistas de la Seguridad Social, respecto de los titulares que ocupen plaza en las mismas.

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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