En España, la pensión media de jubilación de la Seguridad Social alcanza los 1.254,95 euros mensuales (el 5,48% más elevada que hace un año), según los últimos datos oficiales publicados por el Ministerio que dirige José Luis Escrivá, correspondientes al mes de julio. Sin embargo, existen unas diferencias enormes entre los jubiladosde los distintos regímenes, ya que, por ejemplo, quienes proceden del Régimen General de asalariados perciben 1.403,8 euros al mes, en tanto los autónomos cobran tan solo835,4 euros al mes, la pensión más baja de todos los regímenes. Las estadísticas certifican así que los trabajadores por cuenta propia perciben al jubilarse casi 600 euros menos que los empleados por cuenta ajena que han sido cotizantes del Régimen General.
Si la comparación se realiza con el importe de la jubilación del conjunto del sistema de la Seguridad Social (los citados 1.254,95 euros), se constata igualmente que la paga de los autónomos es 420 euros inferior a la pensión media de jubilación contributiva.
Más en detalle, el mayor importe de pensión pública por jubilación en nuestro país se alcanza en la Minería del Carbón, con una nómina mensual promedio que supera de largo los 2.000 euros (en concreto, 2.446,3 euros en julio), mientras que los jubilados del Régimen del Mar reciben al jubilarse una media de 1.393,39 euros mensuales.
Esta fuerte brecha entre lo que cobran los autónomos una vez retirados de la actividad laboral y el resto de jubilados contributivos se debe a que, en la actualidad, el 85% de cotizantes del RETA elige cotizar por las bases mínimas, en torno a los 300 euros mensuales, lo que redunda en unas pensiones realmente bajas, y obliga a la Seguridad Social a utilizar el complemento a mínimos para que dichas pagas lleguen al nivel básico que establece la Ley.
Fuente: Seguridad Social (Pinchar en imagen para ver tamaño completo)
Un 43% inferior a la pensión de los asalariados
En efecto, hasta ahora, la pensión de los autónomos es más de un 40% inferior a la que de media cobran los asalariados, tal y como reconoció hace unos días el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante su intervención en la Comisión del Pacto de Toledo para explicar la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Precisamente, el nuevo sistema, que entrará en vigor el 1 de enero de 2023, ayudará a ir reduciendo esa diferencia entre las pensiones de autónomos y asalariados, según prevén tanto el Gobierno, como los sindicatos UGT y CCOO y las organizaciones de autónomos que han acordado los ejes de la reforma del RETA. Según los datos de la propia Seguridad Social, con el nuevo sistema de cotización, se espera que la mitad de los autónomos tenga una cuota más baja que la actual, un 25% cotizará lo mismo que en la actualidad, mientras que un 25% cotizará más, lo que de modo inminente redundará en unas pensiones algo más elevadas al pasar a cotizar por bases superiores a las actuales.
José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social.
Pero, mientras llegan los resultados esperados, la realidad de las cifras (ver tabla superior) es que la pensión de los autónomos al jubilarse es muy baja para tratarse de un régimen contributivo. Y que la menor cuantía de las nóminas mensuales se produce en todas las clases de pensiones, además de la mencionada jubilación.
Por ejemplo, la pensión de viudedad de un autónomo es de 561,57 euros mensuales, en comparación con los 829,32 euros que reciben las viudas/os del Régimen General. En cuanto a la prestación por Incapacidad Permanente, los trabajadores por cuenta propia cobran un promedio de 787,5 euros al mes, frente a los 1.054,96 de esta clase de pensión en el Régimen General.
Y, por supuesto, considerando la totalidad de las pensiones del sistema deSeguridad Social, los autónomos también cobran muy por debajo de la media, debido precisamente a esa voluntaria elección de cotizar por la base que deseen (esto se acabará el 1 de enero de 2023). Así, en el total de pensiones contributivas (jubilación, viudedad, incapacidad, orfandad...) y de todos los regímenes (General, Autónomos, Mar, Minería...), la pensión media del autónomo resulta 750,97 euros, frente a los 1.194,91 que perciben los pensionistas del Régimen General o los 1.090,43% del total de pensionistas.
ATA, UPTA y UATAE esperan que la pensión suba
Al igual que el ministro Escrivá, los representantes de las organizaciones de autónomos que han firmado el acuerdo de reforma del RETA confían en que el nuevo sistema de cotización por ingresos reales tenga un efecto positivo, de aumento, en la pensión.
Celia Ferrero (@cferreroromero), vicepresidenta de ATA, explica que desde 2023 "se elimina el tope que hoy existe a los 47 años para aquellos autónomos que no viniesen cotizando por bases superiores y que quisieran a los 47 años o después subirse la base. Muchos autónomos no son conscientes de que existe este tope y hay que tener en cuenta que aproximadamente el 50% de todos los autónomos tiene más de 50 años con lo cual, el hecho de que vayan a cotizar por rendimientos netos, unido a que muchos de ellos querrán seguir cotizando por bases superiores, esto les permitirá hacerlo y mejorar la pensión". Hoy en día, esa base está topada en 2.055 euros, con lo cual "el destope y su vinculación a los rendimientos puede aumentar la protección de cara a la pensión de jubilación de muchos autónomos que hoy están limitados".
Por su parte, Eduardo Abad (@EDUARDOABADSABA), presidente de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos, considera que "el nuevo modelo de RETA será positivo para la pensión del autónomo, porque hasta ahora la inmensa mayoría cotiza por bases mínimas, y al cambiarlo por los rendimientos netos, es de esperar una mejoría de sus pensiones". Asegura que "para cerca de un millón de autónomos, la entrada en vigor del nuevo modelo implica que van a tener una base de cotización superior a la actual, y eso tendrá reflejo en la pensión de jubilación que cobren".
Asimismo, fuentes de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (Uatae @uatae_es), señalan a 65YMÁS que "el nuevo sistema de cotización va a incrementar la pensión media del RETA, en la medida en que los autónomos van a ir acercando su cotización a sus ingresos reales y, por lo tanto, no van a cotizar casi todos por la base mínima como sucede ahora". ¿Qué puede suceder a la pensión de quienes coticen en los tramos de ingresos que están por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI)? Según señalan desde Uatae, "aunque su base de cotización mínima sea también inferior a la actual, tampoco verán necesariamente reducida su pensión, dado que entrará en juego el complemento a mínimos, que llevará su pensión a una cuantía similar a la que tendrían con el sistema actual".
Así cotizarán los autónomos desde 2023
1.- El nuevo RETA, vigente desde el 1 de enero de 2023, implica que, a comienzos de cada año, o en el momento de darse como alta como autónomo, cada persona comunicará su previsión de rendimientos netos.
2.- Modificar la cuota mensual. Cada dos meses (y como máximo seis veces al año), el autónomo podrá modificar la cuota mensual que paga para ajustarla a los rendimientos que vaya obteniendo a lo largo del año.
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3.- Regularización anual de cuotas. Al año siguiente, y en función de los rendimientos netos anuales que facilite la Agencia Tributaria y las Haciendas Forales, la Seguridad Social procederá a regularizar las cuotas, en caso de que dichos rendimientos sean superiores o inferiores a los tramos que cada persona haya elegido para cotizar. Si resultada que el autónomo ha cotizado por encima de sus rendimientos netos anuales, se le devolverá ese importe. Y si hubiera cotizado de menos, deberá pagar la diferencia (sin coste ni penalización alguna, según aclaran fuentes del Ministerio).
4.- Como excepción, aquellos autónomos que en diciembre de 2022 se encuentren cotizando por una base mayor a la que determinan sus rendimientos netos, podrán permanecer en esa base superior con carácter indefinido. La razón de esta ventana temporal es no perjudicar a aquellos autónomos que ya se acercan a la edad de jubilación, con carreras de cotización muy maduras, sin tiempo para reaccionar a los nuevos requisitos. A partir de 2023, este privilegio ya no se permitirá, y todos los autónomos tendrán un tope de sobrecotización que deberá estar avalado por los rendimientos netos que declare y certifique la Agencia Tributaria.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).