Mariola Báez
Pensiones
¿Quién puede tener derecho a cobrar una pensión no contributiva de invalidez?
Mariola Báez
Foto: Bigstock
Sábado 5 de octubre de 2019
ACTUALIZADO : Miércoles 22 de enero de 2020 a las 16:11 H
3 minutos
Existen dudas sobre la compatibilidad en el cobro de las distintas prestaciones que conviene aclarar
El sistema de pensiones existente en España establece una primera distinción, clasificándolas en contributivas, cuya cuantía inicial siempre dependerá de los años cotizados como trabajador, y no contributivas. La Seguridad Social (@empleogob) define estas últimas como prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que carecen de los recursos suficientes para su subsistencia y que además cumplen una serie de requisitos legales, independientemente de las cotizaciones que hayan podido realizar (incluso aunque nunca hayan cotizado).
¿Puedo cobrar dos pensiones no contributivas? ¿En qué se diferencian la de jubilación y la de invalidez?
La normativa aplicable a las pensiones no contributivas deja claro que el cobro de la pensión no contributiva de invalidez es incompatible con la no contributiva de jubilación. El motivo es que, en realidad, ambas pensiones son similares y su importe económico también. La principal diferencia radica en quién puede optar a cada una de ellas y en qué etapa de la vida se pueden solicitar
Como recoge la web del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (@Imserso), la primera condición para tener derecho a cualquiera de ellas es carecer de ingresos suficientes. Además, solo las personas menores de 65 años pueden optar a la de invalidez, es decir, a partir de los 65, las pensiones no contributivas son, en cualquier caso, de jubilación.
Entre los 18 y los 65 años se puede solicitar una pensión no contributiva de invalidez siempre que se cumplan además dos condiciones:
- Residir en España y haberlo hecho al menos por un periodo de 5 años (los dos últimos consecutivos y previos a la solicitud).
- Tener un grado de discapacidad reconocido del 65% o superior.
En este 2019, el límite máximo de ingresos que da derecho a presentar la solicitud, quedó establecido en 5.488 euros (con rentas superiores a este importe, la pensión no contributiva no se plantearía), aunque estas cantidades varían en función de los ingresos totales de la posible unidad familiar (pareja, hijos...).
Si consideras que tienes derecho a una pensión no contributiva de invalidez (o de jubilación si superas los 65 años) puedes solicitarla, rellenando el correspondiente impreso, en los Servicios Sociales de tu comunidad autónoma, ya que son las autonomías las encargadas de la gestión. En el caso de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, deberás acudir directamente a las delegaciones del Imserso.