Ignacio Casanueva
Ignacio Casanueva es redactor especializado en temas de tecnología y salud.
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Domingo 10 de octubre de 2021
ACTUALIZADO : Domingo 10 de octubre de 2021 a las 7:44 H
3 minutos
Compartir durante años el día a día con nuestra pareja tiene reflejo en la economía que se mantiene entre las dos personas. Cuando una de estas nos deja, puede que esta situación, además de afectarnos emocionalmente, también lo haga en el plano económico.
En estas ocasiones existe la prestación contributiva de la pensión de viudedad. Este derecho no está extendido a todos los tipos de parejas. Existen matices que controlan el acceso de el viudo/a a esta ayuda. Por un lado, hay factores que afectan a la persona que ha fallecido, si los cumple, una parte del filtro que pone la Seguridad Social se pasaría. Estos son:
Por parte de la pareja que solicita la pensión de viudedad, los requisitos son:
Al contrario que la pensión máxima o mínima, no existen unas cifras estipuladas. Por norma general, la pensión asciende al 52% de la base reguladora (aunque puede llegar hasta el 60%). Esta base será la misma que se utilizó para calcular la pensión de jubilación o incapacidad permanente de la persona que ha fallecido.
En los supuestos del 60% entran aquellas personas que son mayores de 65 años, no perciben otra pensión pública, no tienen ingresos por actividad laboral (ajena o propia), ni disponen de rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas, superiores a 7.569,00 euros/año.