Pensiones

¿Pensiones de jubilación públicas en Estados Unidos?

65ymás

Foto: iStock

Sábado 1 de agosto de 2020

5 minutos

La cobertura pública es muy limitada y deja en manos privadas completar la prestación

¿Pensiones de jubilación públicas en Estados Unidos?
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Sábado 1 de agosto de 2020

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En Estados Unidos, para calcular los beneficios del Seguro Social de un trabajador jubilado se tiene en cuenta lo que ha cotizado durante toda su vida laboral, y se basan en el promedio de todos los ingresos devengados. Ese promedio mensual de los beneficios del Seguro Social de jubilación es actualmente de 1.360 dólares (fuente: El Nuevo Herald @elnuevoherald, de Miami, EE UU).

Para jubilarse y solicitar los beneficios del Seguro Social debes tener al menos 62 años. Sin embargo, a esa edad recibirás una pensión reducida para siempre. Si por el contrario decides jubilarte a los 67 años, obtienes la pensión completa. Se puede encontrar más información al respecto en la web en español del Gobierno de los Estados Unidos (@USAGovEspanol).

Según José Antonio Herce, director asociado de Afi (@Afi_Escuela), firme defensor del método norteamericano para el cálculo de las pensiones,“la Seguridad Social te apunta en una cuenta individual –que se abre el día que empiezas a trabajar– todos y cada uno de los céntimos que cotices, sea bajo el régimen contractual, salarial o de jornada que sea, hasta que te jubilas. No cuentan los años que estés cotizando ni las bases (o salarios) por los que cotizas, sino lo que efectivamente cotizas durante toda tu vida laboral o profesional. Y, año a año, tus cotizaciones (que se utilizan para pagar las pensiones del momento, pero se te anotan), ficticias, nocionales, virtuales, da igual, se revalorizan con un tanto por ciento que se decide en cada ejercicio por el Tesoro u otro departamento gubernamental”.

Esto es lo que contaba Herce en un artículo de opinión publicado en el El Correo (@elcorreo_com), donde añadía que “A partir de aquí, lo único que importa es la edad a la que te jubilas. En ese momento, tienes una determinada esperanza de vida (unisex, esto es muy importante) y, con arreglo a esta esperanza de vida, se ajusta todo el capital de cotizaciones revalorizadas que hayas acumulado y se te calcula una renta vitalicia que respeta, no como en España, los principios actuariales fundamentales. Y esa pensión se actualiza cada año con el coste de la vida o con los salarios”.

 

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Por su parte, el Instituto BBVA de Pensiones (@bbvajubilacion) también considera Estados Unidos como un referente en el ahorro para la jubilación. Un país con un modelo “ciertamente diferente al español y a la mayoría de los modelos que predominan en el continente europeo. La cobertura pública en el país norteamericano se ciñe a servicios básicos muy limitados y deja en manos de la iniciativa privada, bien en el ámbito personal o bien en el de la empresa, el peso casi mayoritario de la provisión de ingresos en la jubilación”.

Así, en EEUU existen dos sistemas de ahorro:

·Sistema 401(k): Es un plan de pensiones promovido por las empresas y donde el trabajador invierte una parte de su salario. El trabajador podrá igualar las aportaciones que realice el empresario y gozará de importantes incentivos fiscales.

·Sistema IRA: Es un sistema de ahorro individual que permite invertir un máximo de 5.500 dólares a individuos hasta 50 años y 6.500 dólares a individuos mayores de 50 sin efecto fiscal. La condición es que esta inversión sólo puede proceder de sus ingresos anuales.

En cualquier caso, lo que destacan desde BBVA es la gran diferencia que hay entre la forma en que canalizan el ahorro norteamericanos y españoles: “En Estados Unidos, donde existe una visión del mismo a largo plazo, priman vehículos como los fondos de inversión, vehículos muy flexibles. Sin embargo en España, aunque cada vez han ido cobrando mayor protagonismo productos como fondos de inversión, planes de pensiones o seguros de ahorro, se ha basado y se sigue basando el ahorro en productos tan dispares como la vivienda (con un enorme predominio de la compra respecto al alquiler) o los depósitos, productos de ahorro a corto plazo sin incentivos fiscales y objetivos de rentabilidad modestos”.

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