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Pensiones y maternidad: el impacto de las lagunas de cotización en las mujeres
Los primeros 5 años sin cotizar se rellenarán con el 100% de la base mínima, en ciertos casos
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Brecha insufrible: 3 millones de mujeres pensionistas ganan menos del salario mínimo
Las lagunas de cotización son periodos en los que un trabajador no ha realizado cotizaciones a la Seguridad Social, por diversas circunstancias, como estar en desempleo sin prestación, padecer periodos de incapacidad temporal sin cobertura, haber accedido a excedencias por estudios, maternidad o cuidado de familiares.
Para amortiguar el impacto en la pensión de estos meses o años en blanco, la Seguridad Social tiene establecido un mecanismo de compensación: a la generalidad de los trabajadores por cuenta ajena, se les aplica el 100% de la base mínima los primeros 48 meses (4 años) no cotizados; y a partir del mes 49, se les ayuda con el 50% de la base mínima. Es decir, pueden conseguir hasta 5 años de cotizaciones ficticias.
Quienes estén o hayan estado en esta situación, deben conocer las consecuencias para la pensión futura que, en 2025, se calcula teniendo en cuenta las bases de cotización de los 25 últimos años cotizados, y el resultado se divide entre 350. Además, el no tener la carrera de cotización completa determina también cuándo podrá jubilarse. Hay que recordar que en 2025 la edad legal ordinaria para jubilarse es 66 años y 8 meses, para quienes hayan cotizado menos 38 años y 3 meses, y tan solo podrán hacerlo a los 65, con el 100% de la pensión, quienes acrediten 38 años y 3 meses de contribuciones.
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Así afectan las lagunas por maternidad o cuidados
El Real Decreto-ley 2/2023, de medidas urgentes para ampliación de derechos de los pensionistas y reducción de la brecha de género, en su disposición transitoria 41, establece un sistema mejorado de integración de períodos sin obligación de cotizar para el cálculo de las pensiones de jubilación de mujeres trabajadoras por cuenta ajena, así como para los hombres con determinadas condiciones, que se aplicará mientras la brecha de género de las pensiones de jubilación sea superior al 5%.
En estos casos, a los periodos de silencio se les aplica el 100% de la base mínima los primeros 48 meses (como el resto de trabajadores), y también entre los meses 49 y 60. Además, la ley señala que el porcentaje de rellenado de esas lagunas será del 80% de la misma base desde la mensualidad 61 a la 80.
El mejor trato de lagunas, ¿también para hombres?
La reforma de las pensiones del año 2023 fijó asimismo que los hombres también pueden beneficiarse de esta mejora en el sistema de integración de lagunas, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos, relacionados con el nacimiento o adopción de hijos.
Se les exige acreditar una interrupción o afectación en su carrera profesional debido al nacimiento o adopción, cumpliendo con las condiciones establecidas en el artículo 60,b de la Ley General de la Seguridad Social:
- Tener más de 120 días sin cotización entre los 9 meses anteriores al nacimiento y los 3 años posteriores.
- O bien, que la suma de bases de cotización en los 24 meses posteriores al nacimiento resulte inferior en más del 15% a la que la persona tenía en los 24 meses anteriores.
Ahora bien, no se les exigirá que la pensión del hombre sea superior a la del otro progenitor, ni que este deba tener derecho al complemento para la reducción de la brecha de género.
Menor pensión, pese al llenado 'ficticio'
Las y los trabajadores cuyo historial contenga lagunas de cotización experimentarán limitaciones en la cuantía de su pensión de jubilación, ya que el sistema español consiste en que, cuanto más tiempo pase la persona cotizando, mayor será el importe de su paga al jubilarse.
Por tanto, si una persona tiene lagunas de cotización, esto puede reducir la cantidad total de años de contribución que se tienen en cuenta al calcular su pensión. Como resultado, la pensión podría ser más baja de lo que resultaría si no hubiera habido lagunas de cotización.
Los periodos en blanco, sobre todo si son muy cuantiosos, afectan negativamente a la pensión si se producen dentro del periodo de cómputo, que es aquel sobre el que se toma como referencia para el cálculo de la pensión y que, para este año, alcanza los últimos 25 años.