Pensiones

¿Qué trámites tienen que hacer los familiares cuando fallece un pensionista?

Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 11 de diciembre de 2024

4 minutos

Es imprescindible comunicárselo al organismo

¿Qué trámites tienen que hacer los familiares cuando fallece un pensionista?
Laura Moro

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Miércoles 11 de diciembre de 2024

4 minutos

Cuando una persona fallece, los familiares deberán realizar una serie de trámites, y en caso de que el fallecido sea pensionista, también es importante saber qué pasos hay que seguir.

Tal y como explica la revista de la Seguridad Social, lo primero que tienen que hacer los familiares de un pensionista fallecido es comunicárselo al organismo. Esto es un paso imprescindible, ya que la norma vigente exige a los pensionistas comunicar cualquier cambio de tipo económico, variaciones de datos o cambio de la situación familiar. La defunción del pensionista deben comunicarla los familiares y no hacerlo puede ser motivo de infracción.

El fallecimiento se debe comunicar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, adjuntando el certificado de defunción del pensionista Ciudadano Detalle. También se puede comunicar en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social de la red nacional, para lo que puedes solicitar cita previa.

¿Y si el pensionista trabaja en el extranjero?

En caso de que el pensionista trabaje en el extranjero, la notificación deberá hacerse a la Dirección Provincial del INSS que gestiona su pensión o a la Consejería Laboral de la Embajada de España en su lugar de residencia.

Y para evitar los cobros indebidos, los pensionistas residentes en el extranjero deberán presentar un "justificante de vivencia o fe de vida una vez al año durante el primer trimestre natural para poder continuar recibiendo su pensión de jubilación", explica el organismo.

Documentación a aportar

Lo único que debemos aportar es el certificado de defunción del pensionista, ya que es el documento oficial que acredita la muerte de una persona y la fecha y lugar donde se ha producido. 

"Lo expide el médico y, posteriormente, hay que presentarlo en el Registro Civil, para su inscripción", aclara la Seguridad Social.

El plazo para comunicar estos cambios es de 30 días hábiles desde que se produjo la defunción.

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¿Cuál será la liquidación económica de la pensión del fallecido?

Cuando fallece un pensionista, la Seguridad Social pagará el mes completo, independientemente del día en que haya fallecido.

Sobre la paga extra, se "genera derecho a la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente desde la última percibida hasta el mes en que se produce el fallecimiento". Las reglas que se siguen para este cálculo son las siguientes:

  • Si es la correspondiente al mes de junio, se abonará en razón de una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre el mes de diciembre del año anterior y el mes en que se produzca la suspensión del percibo de la pensión o la causa de extinción de la misma, ambos inclusive.
  • Si es la correspondiente al mes de noviembre, se abonará en razón de una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre el mes de junio del mismo año y el mes en que se produzca la suspensión del percibo de la pensión o la causa de extinción, ambos inclusive.

La paga se abonará junto con la última mensualidad de la pensión a que se tuviese derecho. Si esto no ocurre, habrá que solicitar el abono de la paga extra como devengada y no percibida.

¿Te pueden reclamar las cantidades cobradas indebidamente?

Sí, las personas que hayan percibido de manera indebida prestaciones del organismo están obligados a reintegrar su importe.

"Cobrar a lo largo del tiempo la pensión de un fallecido, ocultando esta información a la Administración, es un delito contra la Seguridad Social que puede dar lugar a sanciones penales", explica el organismo.

¿La muerte del familiar pensionista puede dar lugar a otra pensión?

La muerte de un familiar que estuviera percibiendo una pensión puede generar el derecho a cobrar otras prestaciones como la de viudedad, orfandad, las prestaciones por muerte y supervivencia o la de auxilio por defunción.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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