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El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (@Imserso) ha publicado en su página web el Folleto Informativo pensiones no contributivas 2020, en el que responde a preguntas como: ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las pensiones no contributivas? ¿cuál es la cuantía de las pensiones no contributivas para el año 2020? o ¿quiénes gestionan y reconocen el derecho a una pensión no contributiva?
Respecto a la primera pregunta, explica que pueden ser beneficiarios de una pensión no contributiva los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España, que cumplen los siguientes requisitos:
1. Carecer de ingresos suficientes
Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 5.538,40 euros anuales. No obstante, si son inferiores a 5.538,40 euros anuales, y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia sean inferiores a las cuantías que se recogen en el siguiente cuadro:
2. De acuerdo con el tipo de pensión
JUBILACIÓN
Edad: Tener 65 o más años.
Residencia: Residir en territorio español, y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
INVALIDEZ
Edad: Tener 18 años o más y menos de 65
Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Discapacidad: Grado igual o superior al 65%.
Cuantía de las pensiones no contributivas 2020
La cuantía individual de la pensión para cada ciudadano se establece, en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia; no pudiendo ser inferior a la mínima del 25%, 1.384,60 euros anuales, ni superior a 5.538,40 euros año.
Los pensionistas de invalidez no contributiva cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 5.538,40 euros anuales, fijado en 2.769,20 euros anuales.
Cuando dentro de una misma familia conviva más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía individual para cada uno de ellos es la siguiente: