Olga Selma
Olga Selma es redactora especializada en temas de salud, alimentación y consumo.
… saber más sobre el autorLas pensiones no contributivas son prestaciones de la Seguridad Social que aseguran a todos los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez, y en un estado de necesidad, una ayuda económica, asistencia médico - farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.
En el caso de la pensión de invalidez, se trata de una prestación económica individualizada, de carácter periódico, para personas que tengan una discapacidad física, psíquica o sensorial permanente, igual o superior al 65%, sin recursos económicos suficientes. Además, es necesario tener entre 18 y 65 años y residir en territorio español (y haberlo hecho durante un periodo de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud).
Para que se conceda esta pensión, la persona debe carecer de ingresos o rentas suficientes, de forma que el cómputo anual de éstas sea inferior al importe íntegro anual de la pensión no contributiva. No obstante, si se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito si la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de la unidad de convivencia no superan los límites establecidos. Además, los solicitantes deben presentar una declaración de los ingresos obtenidos en el año anterior, así como posibles cambios en sus circunstancias personales.
Recibir esta pensión no impide al beneficiario trabajar siempre que la actividad laboral sea compatible con su estado de invalidez y no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.
Además, debemos tener en cuenta que el cobro de esta prestación es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación, con las Pensiones Asistenciales y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona. Pero si el grado de discapacidad del beneficiario es igual o superior al 75% y puede acreditar la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirá un complemento del 50% del montante anual.
Las pensiones no contributivas son gestionadas de manera descentralizada por las Comunidades Autónomas, que tienen transferidas sus funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y es a ellas a quien deben realizarse las solicitudes.
Tal y como han establecido los Presupuestos Generales del Estado, este año 2021 estas pensiones se han revalorizado un 1,8%, siendo la cuantía máxima a cobrar 402,72 euros al mes y la mínima 98,90 euros al mes en 12 pagas y 2 extras, con un montante máximo anual de 5.638,09 euros.