María Liébana
Pensiones
¿Se puede trabajar estando jubilado?
Existen ciertas excepciones a la norma en las que se permite trabajar estando jubilado
Para la mayoría de las personas pensar en la jubilación es pensar en el momento de dejar de trabajar. Pero no todos lo perciben de esa manera, incluso algunos no están preparados para abandonar el mundo laboral. Además, tal y como está el tema de las pensiones, muchos jubilados se plantean la posibilidad de hacer algún trabajo o seguir prorrogando el que ya tienen para llegar mejor a fin de mes.
Lo cierto es que una pensión de jubilación y un trabajo por cuenta propia o ajena son incompatibles y esto hace que mucha gente piense que combinarlos no es posible. Pero sí, se puede trabajar estando jubilado, aunque solo si re reúnen una serie de requisitos.
Existen excepciones a la norma que permite trabajar estando jubilado, sin que se genere una incompatibilidad con la percepción de la pensión de jubilación. Las situaciones que lo permiten son:
- A través de la jubilación parcial,
- si lo haces para mantener la titularidad de un negocio
- o si realizas trabajos remunerados por debajo del salario mínimo interprofesional.
Te explicamos cada una de esas situaciones:
Jubilación parcial
Se considera jubilación parcial la iniciada después del cumplimiento de los 60 años, simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada.
El trabajador que quiera acogerse a esta opción de jubilación parcial debe cumplir con los requisitos generales necesarios para poder solicitar una pensión de jubilación contributiva. El resto de los requisitos específicos dependerá de la forma de jubilación parcial por la que opta es con contrato de relevo o sin contrato de relevo.
Empresario titular de un negocio
Otra opción de trabajar estando jubilado es la del empresario al que le llega la edad de jubilación quiere mantener la titularidad de un negocio y jubilarse. En este caso, el empresario se puede mantener al frente del negocio como titular y cobrar la prestación de jubilación, siempre y cuando no realice ningún trabajo o gestión, para lo que deberá contratar a otras personas.
Trabajos con ingresos por debajo del salario mínimo
Los jubilados que percibe la prestación de jubilación con ingreso por un importe inferior al salario mínimo interprofesional en cómputo anual también tienen la opción de realizar trabajos por cuenta propia o ajena. Esto significa que puede hacer pequeños trabajos, proyectos y otras tareas remuneradas, siempre que los ingresos no superen la cuantía del salario mínimo.