María Liébana
Pensiones
Seguridad Social avisa: estos pensionistas tienen hasta el 31 de marzo para presentar fe de vida
Mediante la aplicación Vivess, pueden acreditar su vivencia desde su teléfono móvil
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Los pensionistas de la Seguridad Social española que residan en el extranjero deben cumplir el trámite anual, necesario para seguir cobrando sus prestaciones.
Desde el pasado 1 de enero, todos ellos pueden acreditar su fe de vida, hasta el próximo 31 de marzo, para continuar recibiendo su nómina habitual. El año 2025 es el segundo ejercicio en el que está disponible la aplicación Vivess para realizar este trámite, una vía que permitió en el año 2024 acreditar su vivencia, desde su teléfono móvil, al 31% de los pensionistas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) residentes en el exterior.
Como principal novedad en 2025, también podrán acreditar su vivencia mediante esta aplicación los pensionistas residentes en el extranjero del Instituto Social de la Marina (ISM), tal y como informa el ministerio.
A través de Vivess, tanto los pensionistas del INSS como los del ISM podrán acreditar su residencia fiscal, actualizar la modalidad de pago a transferencia bancaria y modificar sus datos personales o bancarios en cualquier momento.
👥Los pensionistas residentes en el extranjero puedan acreditar su vivencia desde el 1 enero hasta el 31 de marzo
— Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) January 2, 2025
📲Es el segundo año en el que pueden utilizar la aplicación VIVESS para realizar el trámite cómodamente desde su teléfono móvil
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En 2024 se registraron en la aplicación 41.700 pensionistas residentes en 107 países de todo el mundo, que representan el 36% de los pensionistas residentes en el extranjero. De ellos, más de 36.600 acreditaron su vivencia entre enero y septiembre de 2024, lo que supone que el 31% de los pensionistas ha utilizado la app en el primer año de su puesta en marcha.
La aplicación Vivess ha permitido, además, la posibilidad de reactivar el cobro de más de 2.900 pensiones que quedaron suspendidas por no acreditar la vivencia dentro del plazo de la campaña.
Cómo realizar el trámite
Este trámite debe realizarse todos los años, dentro del primer trimestre natural del año, de una fe de vida emitida por la Autoridad Competente del país de residencia que acredita la vivencia para continuar percibiendo la pensión que tuvieran reconocida.
De manera alternativa, los pensionistas residentes en el extranjero pueden acreditar su vivencia ante los Encargados del Registro Civil Consular, y mediante la comparecencia presencial o telemática ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Una vez completadas sus gestiones mediante la aplicación Vivess, el pensionista recibirá una justificación inmediata de la realización de este trámite y una posterior confirmación del INSS, sin trámites adicionales.
El Ministerio enviará 115.000 cartas para informar
Para esta campaña, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) va a enviar un total de 115.169 cartas a los pensionistas residentes en el extranjero para informarles de las ventajas de la aplicación Vivess y las novedades incorporadas este último año.
Las cartas irán dirigidas tanto a quienes aún no se han registrado en la aplicación, como a quienes lo hicieron, pero no acreditaron su vivencia, y a quienes se registraron y completaron el trámite.
Estas comunicaciones se envían en los idiomas castellano, portugués, francés, inglés, alemán, polaco y búlgaro, en función del lugar de residencia, junto a un tríptico informativo en castellano y en el idioma del lugar de residencia.