El Protocolo de Variación de Cuentas Bancarias entró en vigor el 1 de octubre, en el que participan la mayoría de entidades bancarias. El nuevo protocolo establece que cuando un ciudadano modifique su cuenta bancaria, la nueva entidad financiera sea la que comunique a la Seguridad Social el cambio de cuenta.
Antes de este nuevo servicio, si cambiabas de cuenta, la entidad comunicaba la modificación a empresas y proveedores de servicios que tuvieras domiciliados, pero no al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o al Instituto Social de la Marina (ISM), que son los encargados del abono de tu prestación de la Seguridad Social, y era el propio ciudadano quién tenía que informar a estas entidades los nuevos datos, para poder seguir recibiendo la prestación.
El cambio se notificará al ciudadano
Ahora, puedes autorizar a la entidad bancaria para que realice esta comunicación a la Seguridad Social, y así puedes seguir percibiendo la prestación, sin necesidad de tener que realizar nuevas gestiones.
El cambio se notificará por correo electrónico como por SMS a tu teléfono móvil.
El servicio solo puede aplicarse a pensiones, prestaciones familiares y el Ingreso Mínimo Vital.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.