Desde el próximo 1 de enero, empezará a aplicarse la cotización adicional de solidaridad, en la práctica, un impuesto que gravará los salarios que superen la base máxima de cotización, según dicta la Disposición transitoria 42 del Real Decreto-ley 2/2023.
Se trata de una medida progresiva que irá mermando la nómina de los sueldos de los trabajadores más ricos, hasta 2045. Así, los ingresos que superen la base máxima en hasta un 10% empezarán pagando, por las cantidades en esa franja, un 0,92% en 2025 hasta alcanzar el 5,5% en 2045.
Aquellos sueldos que sobrepasen la base máxima entre el 10% y el 50% pagarán en 2025 el 1% y llegarán al 6% en 2045, progresivamente. El importe de la cuota será el resultado de aplicar a cada tramo de retribución que supere la base máxima de cotización, los siguientes porcentajes, desde 2025 hasta 2045.
Más en detalle, la Seguridad Social aplicará desde el 1 de enero de 2025 una cuota extra a quienes ganen más de 4.909 euros mensuales (58.908 euros al año), tras revalorizarse un 4% respecto a 2024. La cuota se repartirá entre empresario y trabajador: en torno al 83,4% a cargo de la empresa y cerca del 16,6% del trabajador.
Teniendo en cuenta que el IPC interanual de noviembre adelantado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha sido del 2,4% (dato que deberá confirmarse a mediados de diciembre), se obtiene que la inflación promedio desde diciembre de 2023 a noviembre de 2024 es del 2,8%. Este es el porcentaje en el que subirán las pensiones contributivas el próximo año y también la base máxima, aunque a esta última hay que sumarle 1,2 puntos, de forma que su subida para 2025 será del 4%, hasta los 4.909 euros mensuales (o 58.908 euros al año).
Esto pagarán los sueldos que superen la base máxima
Tomando como referencia la base máxima de 4.909 euros al mes que estará vigente en 2025, los salarios un 10% superiores a la base máxima, en este caso 5.400 euros al mes, tendrán una cotización adicional del 0,92% sobre los 491 euros de ganancias que exceden de la base máxima, es decir, que cotizarían 4,5 euros más al mes o 54 euros más al año.
Al ser un sistema progresivo, si el salario superara en hasta un 50% la base máxima, esto es, si se cobraran como máximo 7.363,5 euros mensuales, habría que aplicar la cuota de solidaridad sobre la cantidad que excede de la base máxima (2.454,5 euros al mes) en dos tramos: los primeros 491 euros de exceso sobre la base máxima se gravarían con una cotización adicional del 0,92% (4,5 euros mensuales) y los 1.963,5 euros restantes se gravarían al 1% (19,63 euros).
Así, en total, la cuota de solidaridad para un salario de 7.363,5 euros sería de 24,13 euros al mes (o 289,56 euros anuales). Si el salario fuera superior a los 7.363,5 euros mensuales, es decir, si superara en un 50% la base máxima, se aplicarían los tres tipos de cotización adicional (0,92%, 1% y 1,17%) en sus correspondientes tramos.
En 2045, cuando la cuota de solidaridad esté desplegada al completo, el primer tramo tendrá una cuota 5,5%, al segundo tramo se le aplicará un tipo del 6%, y al tercero, del 7%.
Hay que resaltar que esta cotización adicional afecta a los trabajadores por cuenta ajena, no a los autónomos, que ya tienen establecido su propio sistema de cotización en función de los ingresos reales.
Y se trata de un aumento de cuota que no genera el derecho a un importe de pensión mayor de las personas afectadas.
La distribución de los tipos de cotización por solidaridad entre empresario y trabajador mantiene la misma proporción que la distribución del tipo general de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.
La cuota del MEI sube para todos en 2025
En 2025 volverá a subir la sobrecotización que supone el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). En concreto, será del 0,8%, frente al 0,7% de este año, tanto para autónomos como asalariados y sea cual sea el importe de su salario.
El MEI continuará subiendo hasta 2029, año a partir del cual quedará situado en el 1,2%, y lo que se ingresa a través de él va destinado a engrosar la denominada hucha de las pensiones.
El objetivo de estos dos tipos de cotizaciones es el de mejorar los ingresos de la Seguridad Social, para proteger al sistema de cara a los años de mayor tensión financiera, la década de los años 40, cuando ya estará jubilada la gran mayoría de la generación del baby boom.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).