Marco Herrera
Pensiones
Subvención del IBI para personas viudas mayores de 65 años: en qué consiste
El IBI es un impuesto obligatorio que gestionan los Ayuntamientos por sí mismos o por delegación
Prácticamente todos los propietarios de inmuebles, ya sean viviendas, locales comerciales, garajes, etc. conocen de buena mano el funcionamiento y la naturaleza del IBI. Este Impuesto de Bienes Inmuebles es obligatorio, lo gestionan los Ayuntamientos por sí mismos o mediante delegación de otros entes, de cobro periódico y notificación colectiva (no hay que proceder a la notificación de la liquidación), y cobra un impuesto a la titularidad de los derechos de propiedad, usufructo, superficie y concesión administrativa sobre inmuebles (urbanos o rústicos).
Resultan obligados al pago del IBI los cotitulares de inmuebles de forma solidariamente (por la totalidad de la deuda, de forma indistinta), salvo que soliciten la liquidación de la cuota del impuesto en proporción a sus respectivas participaciones.
Hay que tener en cuenta que en los casos en los que se transfiera la titularidad, los inmuebles objeto de dichos derechos quedan unidos al pago de la totalidad de las cuotas tributarias que no hubieran satisfecho el anterior propietario para el caso de que este sea declarado insolvente, debiendo de hacerse cargo el propietario en ese momento, de la deuda.
Ayudas al pago del IBI
En nuestro país, varios han sido los Ayuntamientos que se han puesto manos a la obra con diversas ayudas de distinta índole en el pago del IBI para algunos grupo de población. Los pensionistas y las viudas mayores de 65 años son algunos de estos colectivos beneficiados en varios de los grandes municipios de España. Independientemente de los distintos procesos a seguir en cada ayuntamiento para solicitarlas, en todas las oficinas de Gestión Tributaria, presentes en todas las provincias de España, se puede tramitar y recibir información acerca de las distintas exenciones fiscales de las que nos podemos beneficiar. Málaga y Barcelona son los dos grandes ayuntamientos del estado que bonifican hasta con la mitad el pago del IBI en pensionistas y viudas.
Málaga
El Ayuntamiento de Málaga es uno de los que ha aprobado esta medida, ayudando con el 50% del pago de este impuesto anualmente. En la capital malacitana, esta ayuda puede ser solictada por pensionistas y viudas con hijos menores de 18 años a su cargo. Entre los requisitos que se deben cumplir, están:
- Estar empadronadas en la vivienda por la que solicitan la ayuda y seguir empadronadas todo el año.
- Tener domiciliado en su banco el pago del IBI.
- No ser propietarias de otra vivienda en Málaga.
- No debe tener deudas con el Ayuntamiento de Málaga.
- Además, las personas empadronadas con la persona solicitante no pueden ser propietarias de otra vivienda en Málaga.
- El límite de ingresos establecido para cada año, de la persona que solicita la ayuda y todas las personas empadronadas en la misma vivienda, será de (IPREM x 1,7) euros al mes o (IPREM x 1,7) euros anuales.
Puedes hacer el trámite por Internet en distintas webs del Ayuntamiento malagueño.
Barcelona
El trámite aprobado por el Ayuntamiento de la Ciudad Condal en 2016 permite solicitar una ayuda, por importe equivalente al 50% de la cuota líquida del impuesto sobre bienes inmuebles, con la finalidad de contribuir al sostenimiento de un colectivo de personas sobre las que concurren circunstancias que las hacen particularmente vulnerables al riesgo de pobreza y exclusión social.
Las ayudas del IBI para personas viudas están exentas de tributación, no hay que declararlas como ingresos y, por lo tanto, no suponen un incremento de renta. De la misma manera, las personas que no tienen que hacer declaración de renta (pensionistas, personas con pocos ingresos, etc.) no están obligadas a realizarla por el hecho de cobrar esta ayuda.
Puedes tramitarlo desde este enlace en la web del Ayuntamiento.
Otros municipios
Aunque estas sean las dos ciudades de mayor población que han entrado en ayudar con el IBI a viudas y pensionistas, otras localidades de menor población han tomado medidas similares. Por ejemplo, tenemos el caso de Talavera de la Reina, en el que los jubilados y pensionistas de viudedad empadronados en el municipio pueden solicitar la ayuda al pago del 50% del IBI. Muchos otras son las localidades de tamaño mediano y pequeño que ayudan con el pago de este impuesto. Como hemos señalado anteriormente, en la oficina de Gestión Tributaria nos informarán si nuestro municipio otorga tales bonificaciones, así como dirigiéndonos a la web del ayuntamiento de nuestra localidad o físicamente al mismo y pedir dicha información.