Después de días de incertidumbre, sobresalto y sustos, este miércoles, el Congreso de los Diputados ha dado vía libre alReal Decreto-ley 8/23, de 27 de diciembre, de medidas para afrontar los efectos de la inflación, la crisis energética y la guerra de Ucrania, que el Gobierno de Pedro Sánchez había aprobado en su último Consejo de Ministros de 2023, pero que estaba pendiente de ser votado en el Parlamento. El resultado definitivo, en segunda votación, ha sido 172 votos a favor, frente a 171 en contra y 7 abstenciones (las de Junts). Los noes corresponden a PP y VOX.
Este decreto es el que establece las nuevas cuantías de las pensiones en 2024, tras aplicarles las subidas aprobadas en cumplimiento de la última ley de reforma de la Seguridad Social. También incluye el transporte público gratuito o bonificado, abaratar la factura de la luz e IVA cero y reducido en la cesta de la compra.
Tras una larga jornada de intensos debates y una votación agónica de los parlamentarios, finalmente, el alza de las pensiones en 2024 queda de este modo: una subida general del 3,8% para las pensiones de la Seguridad Social, si bien las no contributivas aumentan el 6,9%, y las pensiones mínimas se benefician de un incremento del 6,9%, con algunas, como las de viudedad con cargas familiares, experimentando alzas del 14,1%. Se trata de la segunda mayor subida del siglo.
La tensión sobre la aprobación o rechazo del decreto de las pensiones se mantuvo hasta últimas horas de la tarde del miércoles, pero finalmente, y pese a las advertencias de Podemos y Junts, que inicialmente rechazaron el paquete anticrisis y mantuvieron en jaque al Ejecutivo, el Congreso de los Diputados dio su visto bueno. Algo que fue posible después de que Podemos votara a favor tras sellar un acuerdo con el PSOE para incluir una prórroga de los desahucios hipotecarios de las familias vulnerables hasta 2028, y con el compromiso de que el decreto se tramite como proyecto de ley en un plazo de 6 meses.
Por su parte, el partido de Carles Puigdemont también ha permitido la convalidación del real decreto: se ha abstenido en la votación, tras arrancar al PSOE un acuerdo para "mejorar el autogobierno y las condiciones de vida de los catalanes", con medidas como "la supresión del artículo 43 Bis de la Ley de Enjuiciamiento civil, que amenazaba la viabilidad de la futura ley de amnistía", además de la reforma de la ley de sociedades o la reducción del IVA del aceite al 0%, y la asunción por el Estado de las bonificaciones del transporte público.
Las vicepresidentas segunda, Yolanda Díaz, y primera, María Jesús Montero.
Votación agónica: fallo de Sumar, empate y abstención de Junts
Desde primeras horas de la mañana del miércoles, el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, lanzaba serias advertencias, dirigidas a Junts y a Podemos, responsabilizándolos de las consecuencias que tendría un voto en contra del decreto anticrisis. “La gente que nos escucha y nos ve sabe que si hoy fallamos, sube la luz, baja su pensión, deja de acceder al transporte público, tiene que gastar más en el supermercado”, arengaba a los partidos en el inicio de su intervención en la sesión parlamentaria, celebrada en el Senado de manera excepcional.
Bolaños alertaba: "Sigue siendo necesario que protejamos a las familias y a los ciudadanos de nuestro país", recordando que es el octavo paquete de medidas que el Gobierno ha impulsado para hacer frente a los efectos sociales y económicos que está generando la crisis de Ucrania y ahora también el conflicto en Gaza, "con la lamentable posibilidad de que estas tensiones geopolíticas y de estos conflictos se puedan cronificar".
Las advertencias de Bolaños, de la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, y de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, confirmaban el estrecho margen del Gobierno para sacar adelante el decreto anticrisis. De hecho, la primera votación resultó en empate a 171 votos, debido al error de un diputado de Sumar, Gerardo Pisarello, que equivocó al emitir su voto, según fuentes de la cámara. Los 7 diputados de Junts se abstuvieron.
3,8% de alza general en pensiones contributivas
Con carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 2024, la revalorización general de las pensiones contributivas de la Seguridad Social y las del Régimen de Clases Pasivas del Estado es del 3,8%, en función del Índice de Precios al Consumo de los 12 meses previos a diciembre. El mismo incremento reciben los haberes reguladores aplicables para la determinación inicial de las pensiones del citado régimen especial.
También con efecto del día 1, la cuantía máxima de las pensiones públicas es de 3.175,04 euros mensuales o 44.450,56 euros anuales, conforme a lo establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, en los artículos 57 y 58 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Pensión media de jubilación: 1.430 euros al mes
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 8/23, de 27 de diciembre, y con el alza general del 3,8%, la pensión media de jubilación sube en 734 euros al año o 52 euros al mes, hasta situarse en unos 1.430 euros mensuales.
En cuanto a la pensión media del sistema, de 1.200 euros al mes, aumenta en 638 euros al año, lo que suponen 46 euros más al mes. En cuanto a la paga media de viudedad, que ahora ronda 853,7 euros, se incrementa hasta alcanzar los 886 euros al mes (un alza de 32,4 euros en promedio). Más en detalle, la revalorización sitúa la paga mínima por viudedad en 14.466,20 euros anuales, en el caso de que el titular tenga cargas familiares. Si son pensionistas de viudedad con menos de 60 años de edad, ingresarán 8.752 euros al año de nómina mínima.
Por su parte, la pensión de jubilación de los autónomos, la más baja de todos los regímenes contributivos de la Seguridad Social, se sitúa en una media de 952,4 euros, lo que significa que pasan a cobrar unos 35,8 euros más al mes.
Plus de brecha de género: 33,2 euros/mes
Por lo que se refiere al complemento de pensiones contributivas y de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado para la reducción de brecha de género, dicho plus queda tras la subida en 33,20 euros mensuales, gracias a la aplicación a la cuantía establecida para 2023 del resultado de sumar al referido porcentaje general de revalorización del 3,8% un porcentaje adicional del 5%, de acuerdo con la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, según especifica el Real Decreto.
7.250,6 euros/año para la pensión no contributiva
Las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social de invalidez y jubilación tendrán un importe anual de 7.250,60 euros, resultado de aplicar sobre el importe extraordinario establecido para estas pensiones en el año 2023 por el artículo 77 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, que se consolida, el porcentaje que corresponde de acuerdo con el artículo 62 y la disposición adicional quincuagésima tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La pensión mínima aumenta el 6,9%
La cuantía mínima que cobrarán los pensionistas contributivos de la Seguridad Social se incrementa el 6,9% en 2024, resultado de aplicarles el 3,8% general y un alza extra en función del tipo de pensión en consideración al umbral de la pobreza.
Asimismo, las pensiones mínimas de funcionarios de Clases Pasivas del Estado tendrán el mismo tratamiento, así como las pagas del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) que no sean concurrentes con otras pensiones públicas, así como a las pensiones del SOVI concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social (la cuantía fija se determina anualmente por el legislador).
Como ejemplos de las nuevas cuantías mínimas: la pensión de jubilación para titulares de 65 años o más, sin cónyuge, pasa a ser de 11.552,80 euros anuales, en tanto los que tengan cónyuge a cargo cobrarán 14.466,20 euros al año, y los jubilados con cónyuge, pero no a cargo, percibirán 10.966,20 euros anuales (ver gráfico superior).
Paga mínima de viudedad con cargas: 14.466,20 Є
La pensión mínima por viudedad sube a 14.466,20 euros anuales, en el caso de que el titular tenga cargas familiares. Por su parte, las y los beneficiarios con 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65% percibirán un mínimo de 11.552,80 euros.
Los pensionistas de viudedad con menos de 60 años de edad ingresarán al menos 8.752 euros al año, mientras que quienes cuenten con edades comprendidas entre los 60 y 64 años recibirán una paga mínima de 10.808 euros al año.
Límites de renta para cobrar la paga mínima
En cuanto al límite para percibir la pensión mínima, el Real Decreto-ley 8/23, de 27 de diciembre, fija que existe un límite de ingresos para que la Seguridad Social aplique el reconocimiento de cuantías mínimas, que queda así:
- 8.942 euros anuales, para quienes no tengan cónyuge a cargo.
-10.430 euros al año, para beneficiarios con cónyuge a cargo.
IMPORTES MÍNIMOS DE PENSIONES CONTRIBUTIVAS 2024
Fuente: BOE
Incremento de bases mínimas y máximas
Hasta que se aprueben unos nuevos Presupuestos Generales del Estado, las bases mínimas de cotización, de los grupos de cotización de los regímenes que las tengan establecidas, se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto.
Las bases máximas de cada categoría profesional y el tope máximo de las bases de cotización se fijarán aplicando el porcentaje previsto para la revalorización de pensiones, al que se sumará el establecido en la disposición transitoria trigésimo octava del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).