Planes de pensiones

Aportaciones al plan de pensiones del cónyuge: ¿Cómo afectan a mi declaración de la renta?

Toni Esteve

Foto: Bigstock

Domingo 28 de marzo de 2021

4 minutos

Podemos invertir en más de un plan de pensiones, pero existe un límite en las cantidades que permite

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Toni Esteve

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Los planes de pensiones son un producto de ahorro para la jubilación con ventajas fiscales. Por este motivo están entre los más populares a la hora de generar un dinero adicional y complementario a la pensión pública de la Seguridad Social. La compatibilidad entre planes de pensiones y otros productos de ahorro no tiene restricciones, además también se permite invertir en más de un plan de pensiones. Eso sí, el incentivo fiscal de los planes de pensiones individuales se ha reducido en 2021 de 8.000 a 2.000 euros anuales. Esta es la cantidad máxima que podremos descontarnos de la base imponible del Impuesto de la Renta (IRPF) del próximo año.

 

Aportaciones al plan de pensiones del cónyuge ¿Cómo afectan a mi declaración de la renta? (Foto Bigstock)

 

Podemos, por ejemplo, hacer aportaciones anuales a un plan de pensiones a favor de nuestro cónyuge. Pero debemos tener en cuenta que, a la hora de hacer la declaración de la renta, las aportaciones que podemos hacer de manera conjunta a todos nuestros planes de pensiones están limitada por ley a esos 2.000 euros anuales. En el caso de los cónyuges, además, solo será posible hacer aportaciones a su plan de pensiones si esa persona no obtiene rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas, o los que obtiene son de una importe inferior a la cantidad límite mencionada.

Si las aportaciones al plan de pensiones exceden el límite de desgravación, no solo no obtendrán una ventaja fiscal, sino que en el momento del rescate del plan estarían sujetas a tributación. Así que, si lo que estamos buscando es aumentar nuestro ahorro para cuando llegue el momento de la jubilación, es mejor que todo lo que supere el límite de los 2.000 euros lo invirtamos en otros productos de ahorro, como los fondos de inversión.

Aportaciones a terceros con minusvalías

En el caso de querer hacer aportaciones al plan de pensiones de una tercera persona con minusvalía, si el titular de ese plan tiene una discapacidad física igual o superior al 65% (o psíquica igual o superior al 33%), o bien tiene una incapacidad declarada judicialmente, la aportación máxima que puedes realizar a su plan de pensiones es de 24.250 euros anuales, con independencia de su edad.

Pueden realizar aportaciones a este plan tanto el propio titular como sus familiares directos (hijos, padres, abuelos...) o colateral hasta el tercer grado inclusive (hermanos, tíos, sobrinos), así como su cónyuge o aquellos que le tuviesen a cargo en régimen de tutela o acogimiento.

Las aportaciones realizadas por cada una de las personas que no son titulares del plan deben ser como máximo de 10.000 euros, independientemente de las aportaciones que realicen a su propio plan.

Sobre el autor:

Toni Esteve

Toni Esteve es redactor especializado en temas de economía y consumo.

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