Planes de pensiones

Diferencias entre planes de pensiones, de previsión asegurado y de previsión social empresarial

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Martes 3 de noviembre de 2020

4 minutos

Los tres pueden cubrir las mismas contingencias, pero no son lo mismo

¿Cuál es la fiscalidad que se aplica a las aportaciones a los planes de pensiones?
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Martes 3 de noviembre de 2020

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La contingencia es el acceso efectivo a la jubilación en el Régimen de Seguridad Social correspondiente. Puede ser a la edad ordinaria, anticipada o posterior. Si una vez acaecida, el beneficiario desea el cobro de la prestación, él directamente o su representante legal, conforme a lo previsto en las especificaciones del plan, deberá solicitar la prestación señalando en su caso la forma elegida para el cobro de la misma y habrá de presentar, asimismo, la documentación acreditativa que proceda según lo previsto en las especificaciones.

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Los planes de pensiones, los planes de previsión asegurado y los planes de previsión social empresarial pueden cubrir contingencias similares, pero no son productos equivalentes. Estas son las diferencias, según la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) del Ministerio de Asuntos Económicos (@_minecogob):

Planes de pensiones

No son contratos de seguros. Un plan de pensiones es un contrato colectivo de previsión social en virtud del cual se efectúan aportaciones, que se van acumulando y quedan permanentemente invertidas en activos financieros integrados en un fondo de pensiones, con la finalidad de ir constituyendo un capital con cargo al cual se pagará la prestación cuando se produzca la contingencia prevista en el mismo (jubilación, fallecimiento, invalidez, dependencia).

El plan de pensiones solo pude cobrarse a partir de que se produzca alguna de las citadas contingencias o, si lo prevén sus especificaciones, en los supuestos excepcionales de desempleo de larga duración y enfermedad grave.

Planes de previsión social empresarial (PPSE)

Modalidad de seguro colectivo de la empresa para sus empleados. Pueden cubrir las mismas contingencias que los planes de pensiones y ofrecen una garantía de interés. Participan de las mismas características de iliquidez, régimen financiero y fiscal de los planes de pensiones así como del régimen contractual y de supervisión de los seguros.

Planes de previsión asegurados

Seguros individuales de vida que pueden cubrir las mismas contingencias que los planes de pensiones, pero cuya cobertura principal debe ser, en todo caso, la jubilación. Participan de las mismas características de iliquidez, régimen financiero y fiscal de los planes de pensiones. Ofrecen una garantía de interés. El contribuyente debe ser el tomador, asegurado y beneficiario, si bien, en caso de muerte del mismo será beneficiario o beneficiarios la persona o personas que designe o sus herederos.

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