Si tienes un plan de pensiones, te conviene estar atento a las novedades del nuevo modelo de declaración para los sistemas de previsión complementaria del ministerio de Hacienda. La principal novedad del nuevo modelo 345, publicado ya en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es que inlcuye los nuevos límites a las aportaciones tras las recientes reformas de la Ley del IRPF y tras las modificaciones de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
El objetivo del modelo 345 para los planes de pensiones es fijar los nuevos límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones limitadas hasta un máximo de 1.500 euros, ampliables a 8.500 euros si el incremento proviene de una contribución empresarial. El límite es del 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas.
Fuente: BOE
Quién tendrá que presentarlo y cuándo
La publicación de Hacienda en el BOE aclara todos los detalles sobre el modelo 345 y cómo declarar los planes de pensiones a partir de ahora.Lo primero que hay que tener en cuenta es el plazo para presentar el modelo: entre el 1 y el 31 de enero de cada año para llevar a cabo la gestión con la Agencia Tributaria.
Deberán presentar esta declaración anual las personas o entidades a las que se refiere el artículo 53 del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. Principalmente las entidades gestoras, promotores, personas con fondos de pensiones domiciliados en España o mutulidades de previsión social.
Cómo hacer la gestión
Los contribuyentes tendrá que declarar toda la información relacionada con las aportaciones a los planes de pensiones y sistemas alternativos, planes de previsión asegurados, mutualidades de previsión social, planes individuales de ahorro sistemático, seguros de dependencia y planes de previsión social empresarial. La información debe corresponder al año inmediatamente anterior.
La presentación estará disponible a partir del próximo 1 de enero en la sede electrónica de Hacienda para rellenar con la información de 2022. Consistirá en un formulario online, tal y como ocurre con otras presentaciones de impuestos y habrá que identificarse con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.