Toni Esteve
Planes de pensiones
¿Puedo hacer aportaciones a planes de pensiones de terceros?
Pueden beneficiarse nuestro cónyuge o familiares con minusvalías
Podemos hacer aportaciones anuales a un plan de pensión a favor de nuestro cónyuge. Pero debemos tener en cuenta que, a la hora de hacer la declaración de la renta, las aportaciones que podemos hacer de manera conjunta a todos nuestros planes de pensiones están limitada por ley a 8.000 euros anuales.
En el caso de los cónyuges, además, solo será posible hacer aportaciones a su plan de pensiones si esa persona no obtiene rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas, o los que obtiene son de una importe inferior a 8.000 euros anuales.
Estas aportaciones estarán exentas de tributación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con independencia del régimen ganancial que tengan.
En todo caso, según el Instituto BBVA de pensiones (@bbvajubilacion), la cantidad máxima que puede desgravarse en cada ejercicio fiscal la persona que haga una aportación al plan de pensiones de cónyuge es también de 8.000 euros, o bien el equivalente al 30% de sus rendimientos netos del trabajo y actividades económicas: “es importante que las aportaciones no excedan el límite de desgravación, pues podrían quedarse sin ventaja fiscal y en el momento del rescate sí estarían sujetas a tributación. Podríamos planificar, si queremos ahorrar más allá del límite que podemos desgravar en planes de pensiones, aportar el exceso a otros productos de ahorro como fondos de inversión”.
Si el límite que se excedes es el de aportación anual de los 8.000 euros deberás retirar las aportaciones que sobrepasan ese límite antes de junio del año siguiente o se te aplicará una sanción del 50% del importe excedido.
A favor de personas con minusvalía
En el caso de las aportaciones a favor de personas con minusvalía, si el titular del plan de pensiones tiene una discapacidad física igual o superior al 65% (o psíquica igual o superior al 33%), o bien tiene una incapacidad declarada judicialmente, la aportación máxima que puedes realizar a su plan de pensiones es de 24.250 euros anuales, con independencia de su edad.
Pueden realizar aportaciones a este plan tanto el propio titular como sus familiares directos (hijos, padres, abuelos...) o colateral hasta el tercer grado inclusive (hermanos, tíos, sobrinos), así como su cónyuge o aquellos que le tuviesen a cargo en régimen de tutela o acogimiento.
Las aportaciones realizadas por cada una de las personas que no son titulares del plan deben ser como máximo de 10.000 euros, independientemente de las aportaciones que realicen a su propio plan.