Desde el 1 de enero de 2025, ya es posible rescatar, sin mediar requisito alguno, todas las aportaciones y rendimientos de los planes de pensiones individuales con 10 años de antigüedad, es decir, realizadas hasta el 1 de enero de 2015. Del mismo modo, desde el 1 de enero de 2026, se podrá retirar todo el ahorro generado con anterioridad al 1 de enero de 2016, y así sucesivamente. Es lo que se denomina liquidez total, un nuevo supuesto que permite disponer de todo, o parte, del dinero del plan sin tener que jubilarse ni justificar el motivo.
Ahora bien, aunque no hay que dar explicaciones sobre el motivo del rescate, sí hay que saber que tiene un coste fiscal. La decisión sobre cuándo y cómo rescatar el plan de pensiones debe basarse en la situación personal y las necesidades financieras, teniendo en cuenta tanto las contingencias y los supuestos excepcionales que lo permiten. Y es fundamental considerar el impacto en la declaración del IRPF, ya que el ahorro que se rescate se considera rendimiento del trabajo, y como tal, se suma a los ingresos o rentas salariales obtenidas en el año. Por ello, rescatar en forma de capital puede elevar el tipo impositivo.
Así, por ejemplo, las aportaciones rescatadas con más de 10 años de antigüedad podrían llegar a tributar al 45%, en el caso de una persona con base liquidable superior a 60.000 euros, o a un tipo del 47%, para quienes tengan bases liquidables de más de 300.000 euros.
"Contraproducente para personas laboralmente activas"
En este sentido, los expertos advierten de que acogerse a la nueva causa de liquidez abierta en 2025 es contraproducente para las personas laboralmente activas, por el elevado impacto fiscal, y por estar disponiendo de ahorros destinados a su jubilación futura, sacrificando un mejor retiro a cambio del bienestar presente.
El Instituto BBVA Pensiones recuerda que las prestaciones de los planes se suelen cobrar cuando "los ingresos de las personas se reducen, como en la jubilación, lo que produce que, si bien no hay una ventaja fiscal significativa, ya que solo existe un diferimiento del impuesto al momento de cobro de la prestación, al final la carga fiscal acaba siendo menor por la progresividad del IRPF, al tributarse durante la jubilación, cuando los ingresos son menores que en la etapa activa".
Estos especialistas aseguran que, si se anticipa, total o parcialmente, la disposición del plan de pensiones a un momento previo dentro de la etapa activa, "en el que la persona estará percibiendo salarios (o rendimientos de actividades económicas como autónomos), esos salarios normalmente serán superiores a las futuras pensiones de jubilación y se estará tributando de más, que si se espera a la jubilación para percibir la prestación del plan de pensiones".
¿Hay mejor forma de sacar el dinero sin jubilarse?
Para rescatar el dinero del plan antes de tiempo existen una serie de reglas no escritas, según la mayoría de expertos. Hay que recordar que existen contingencias para ello, contempladas en la ley, como la jubilación (en 2025, la edad ordinaria son los 66 años y 8 meses, o a los 65, si la persona tiene más de 38 años y 3 meses cotizados), la incapacidad permanente, el fallecimiento del titular o la dependencia severa.
Además, hay supuestos excepcionales, como enfermedad grave o desempleo (cumpliendo ciertos requisitos).
En cualquier caso, el rescate puede realizarse de varias formas: como capital único, renta periódica, forma mixta o mediante disposiciones puntuales, tal y como detallan los expertos de WTW. "Es fundamental considerar el impacto en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), ya que el rescate se considera rendimiento del trabajo. Rescatar en forma de capital puede elevar el tipo impositivo, mientras que optar por una renta podría ser más beneficioso a largo plazo", explican.
Sin embargo, si se necesita el dinero de forma inmediata, el rescate en forma de capital puede ser la opción.
Asimismo, es importante recordar que existe una ventaja fiscal para planes anteriores a 2007, que pueden deducir un 40% del capital rescatado en los dos primeros años de jubilación.
Inverco cifra en 64.000 millones el dinero rescatable...
La patronal de inversión colectiva, Inverco; la patronal aseguradora, Unespa; los bancos y gestoras han alertado en los últimos meses del riesgo que un rescate masivo del dinero en planes podría suponer, en un país como España, con baja tasa de ahorro para la jubilación.
El presidente de la patronal Inverco, Ángel Martínez-Aldama, ha calificado de "riesgo sistémico" el que se permita un rescate sin límites de las aportaciones que cumplan 10 años de antigüedad, y ha reclamado en varias ocasiones establecer algún tipo de cortapisa.
Según los cálculos de Inverco, el patrimonio liberado y disponible para ser rescatado a disposición del cliente es de 64.000 millones de euros, lo que supone la mitad del patrimonio gestionado por los planes de pensiones.
Asimismo, Unespa ha venido reclamando que "debe recuperarse el carácter finalista de los sistemas de previsión social, eliminando el supuesto de liquidez total, y dejando únicamente las circunstancias excepcionales de necesidad". La patronal aseguradora, presidida por Mirenchu del Valle, ha advertido de que "la experiencia de otros países en los que se han adoptado iniciativas similares, como fue el caso de la reforma de libertad de acceso a las pensiones realizada por el Reino Unido en 2015 (Reforma Osborne), demuestra que sus efectos pueden ser muy perjudiciales".
... y otros expertos descartan retiradas masivas
En una entrevista con 65YMÁS, Carlos Bravo,miembro de la Mesa de Diálogo en Pensiones por parte de CCOO, puntualizaba que, para acogerse a la liquidez desde 2025, "las condiciones del contrato del plan tienen que preverlo, y eso ocurre de manera bastante común en los sistemas de pensiones individuales, pero no hay ninguno de empleo que lo haya previsto. En ningún plan de empleo, donde hay 36.000 millones de euros, se especifica la posible liquidez a los 10 años (...) A mi juicio, la ley de liquidez a partir de 2025 es algo que tendremos que retomar, y espero que se corrija".
A su vez, Fernando Martínez-Cue,profesional asociado a LoRIS Retirement, socio fundador de Martinez-Cue & Asociados, y asesor en previsión social empresarial, considera que el riesgo de un impacto elevado de rescates existe (la mayoría de los actuales derechos consolidados en planes proceden de aportaciones anteriores a 2015), pero en su opinión, "el acaecimiento de ese riesgo es de baja probabilidad. Parece difícil que los ahorradores, en una situación de normalidad (salvo precariedad económica o de salud), vayan a rescatar el plan, por ejemplo, para comprarse un coche o reformar la casa".
También advierte de que "es crucial entender las consecuencias. La principal desventaja es el impacto fiscal, pero además, adelantar el rescate significa renunciar a la rentabilidad futura de ese dinero, reduciendo el capital disponible para la jubilación". Y desaconseja sacar dinero del plan para gastos no esenciales (como reformas o viajes), ya que existen otras opciones financieras más adecuadas: "Es preferible utilizar productos de inversión con mejor fiscalidad, como fondos de inversión, antes de recurrir al plan. Rescatar el plan de pensiones para invertirlo en otros productos tampoco es buena idea, pues la carga fiscal del rescate puede superar la rentabilidad potencial".
Igualmente, durante un debate de 65YMÁS, Carlos Esquivias, director del Área de Seguros Personales de UNESPA, ponía el ejemplo de Reino Unido, que desarrolló una ley que permitió el rescate, lo que dio lugar a que mucha gente dispusiera del dinero de su jubilación para otros propósitos, "y se vio que eran precisamente las personas de rentas más bajas las que más uso hacían de esa liquidez, lo que a su vez perjudicaba su pensión futura (...) A mi juicio, esta liquidez a los 10 años contraviene la función para la que se creó este producto, y debería eliminarse".
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).