Anna Blanco
Economía
Pros y contras de adherirse a un convenio especial con la Seguridad Social
Según la edad o base de cotización puede ser beneficioso o no suscribir un convenio especial
Asegurarnos una pensión suficiente para nuestros años de jubilación es algo que está en la mente de la mayoría de nosotros. Pero, en el caso de las personas que, con una edad próxima a la jubilación, sufren un despido o prejubilación que pueden conllevar una reducción de la pensión, esta preocupación se incrementa en gran manera. Para estos casos, la Seguridad Social ofrece a través de los convenios especiales, la posibilidad de cotizar a título individual a aquellas personas que, cumpliendo ciertos requisitos, necesitan seguir cotizando para evitar en el cálculo de la pensión, lagunas de cotización o también para reforzar las bases de cotización. Es decir, a cambio de hacernos cargo personalmente de las cuotas a la Seguridad Social, podemos mantener el importe de nuestra pensión al cotizar durante unos años que son especialmente sensibles porque entran dentro del periodo de cómputo para su cálculo.
Los convenios especiales pueden suscribirlos, de forma general, los trabajadores que causen baja en la Seguridad Social y que necesiten seguir cotizando para poder acceder a su pensión. Pero, es importante destacar que el plazo para realizar el convenio es de un año desde el momento en el que el trabajador causa baja en la Seguridad Social o finaliza su prestación por desempleo.
Además, también se contemplan otros casos en los que se permite adherirse a este tipo de convenios: trabajadores en situación de pluriactividad que cesen en alguna de las actividades por cuenta ajena o propia, personas a las que se les agota la prestación por desempleo, trabajadores con un contrato con remuneraciones inferiores a las cobradas el último año y pensionistas que hayan sido declarados inválidos parciales y a los que se les haya denegado la pensión. El requisito para todos ellos es que tengan cubierto un periodo mínimo de cotización de 1080 días en los doce años anteriores a su baja en la Seguridad Social.
¿Nos interesa suscribir un convenio especial?
No hay una edad mínima para suscribir el convenio por lo que nada impide mantener un convenio durante quince o veinte años, pero habría que ver si compensa por el coste de las cuotas. Si optamos por suscribir un convenio especial con la Seguridad Social, se puede elegir entre diferentes bases de cotización:
- La base máxima del grupo de cotización correspondiente a nuestra categoría profesional, siempre que hayamos cotizado por ella al menos 24 meses en los últimos cinco años.
- La media de la base por la que se haya cotizado en los últimos 12 meses.
- La base mínima de cotización vigente o una base de cotización que esté comprendida entre las anteriores.
Sobre la base elegida, se aplica un tipo de cotización del 28,3% y el resultado se ajusta al 94%. Así pues, por ejemplo, para una base de cotización de 1.000 euros, nos da una cuota a pagar de 266.02 euros.
Por otra parte, también hay que valorar la rentabilidad, es decir, si con el dinero que destinaríamos al convenio podríamos obtener un mayor beneficio financiero destinándolo a un plan de pensiones privado, por ejemplo.
Otro aspecto a tener en cuenta es si nos compensa más un convenio especial que realizar la integración de las lagunas de cotización. En este segundo caso,los periodos no cotizados que se encuentran dentro del intervalo tomado para el cálculo de la base reguladora se computarían por la base mínima (48 meses sin cotización más próximos al hecho causante) o por el 50% de la base mínima (resto de meses sin cotización). Por tanto, podría no sernos conveniente un convenio especial por la base mínima para cubrir los 4 últimos años de cotización, porque no nos supondría una diferencia en términos de base de cotización. Otra cosa es que con las cotizaciones del convenio sí se incrementaría el periodo de cotización, algo que puede ser positivo si no se ha alcanzado el 100% de la base reguladora.
En este sentido, los convenios especiales son especialmente útiles para aquellas personas que durante los últimos años de su vida laboral han cotizado por las bases máximas, puesto que el impacto en el cálculo de la pensión de unos años no cotizados es muy elevado. En el caso de haber cotizado con bases de cotización bajas, este impacto es menor.
En definitiva, es necesario hacer estimaciones sobre la conveniencia del convenio e, incluso, cuál es la diferencia de pensión al suscribir un convenio o no hacerlo. Esto puede hacerse a través de la herramienta de autocálculo de la Seguridad Social.