Economía

¿Puedo irme de vacaciones si estoy cobrando una prestación o subsidio?

María Bonillo

Foto: Bigstock

Miércoles 26 de julio de 2023

3 minutos

El motivo y la duración del viaje afectarán de forma diferente

¿Puedo irme de vacaciones si estoy cobrando una prestación o subsidio? Foto: Bigstock
María Bonillo

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Miércoles 26 de julio de 2023

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Las vacaciones de verano es una de las épocas más esperadas del año para muchos, que por fin pueden desconectar de la rutina por unos días y descansar. Pero antes de dar comienzo a los viajes que tengamos preparados, además de la organización previa necesaria, debemos tener en cuenta otros aspectos que, aunque directamente no estén relacionados, pueden verse afectados por las vacaciones que tomemos

Es el caso de las prestaciones, subsidios o la renta activa de inserción (RAI): ¿podemos viajar si estamos cobrando alguno de ellos? Tal y como indica el Servicio Público de Empleo Estatal (@empleo_SEPE) en su página web, el cobro de cualquiera de estas prestaciones variará en función del motivo y la duración del viaje, también si viajamos dentro del país o al extranjero. 

 

¿Podemos irnos de viaje si estamos de baja laboral? Foto: Bigstock

Según el motivo y la duración de nuestro viaje

Si tenemos pensado viajar al extranjero y el motivo de nuestro traslado es laboral y tiene una duración de menos de un año, la prestación contributiva o el subsidio por desempleo que estemos percibiendo se suspenderá. Si la duración pasa de los doce meses continuados, entonces la prestación se extinguirá

En el caso de que estemos percibiendo la RAI, la prestación se suspenderá si el traslado dura menos de seis meses, y se extinguirá si es superior a seis meses.

Ten en cuenta que, si estás percibiendo la RAI y viajas al extranjero a buscar o realizar algún trabajo, para perfeccionamiento profesional o para acciones de cooperación internacional, será obligatorio comunicarlo ante el SEPE antes de trasladarnos para contar con su autorización. En el caso de no hacerlo, podrás tener que hacer frente a una sanción que llevará a la extinción del derecho. 

Si el motivo de nuestro viaje al extranjero es una causa diferente, la prestación se mantendrá siempre y cuando la salida no sea superior a 15 días naturales, ya sean continuados o no, durante cada año natural, y se puedan seguir cumpliendo con las obligaciones establecidas en la ley. Del mismo modo, será necesario comunicar al SEPE la salida antes de efectuarla y presentarse en la oficina de empleo el primer día hábil tras la vuelta. 

En cambio, si la estancia en el extranjero va a ser superior a 15 días y hasta 90 días naturales como máximo, las prestaciones se suspenderán. Igualmente, será necesario comunicarlo ante el SEPE para que autorice la salida. 

Desde el SEPE recuerdan que si estás percibiendo alguna de estas prestaciones y has permanecido inscrito como demandante de empleo en España durante, al menos, cuatro semanas, al trasladarte a buscar empleo a un país miembro de la Unión Europea (UE), Espacio Económico Europeo (EEE) o a Suiza podrás exportar estas prestaciones durante tres meses, que podrán prorrogarse por otros tres más. 

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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