Economía

¿Qué trabajadores no recibirán paga extra esta Navidad?

Stefano Traverso

Foto: BigStock

Martes 12 de diciembre de 2023

2 minutos

Existen ciertas excepciones por la que puede no cobrarse este ingreso extra

¿Qué trabajadores no recibirán paga extra esta Navidad?
Stefano Traverso

Foto: BigStock

Martes 12 de diciembre de 2023

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Cada trabajador, ya sea perteneciente al sector público o al privado, según el Estatuto de Trabajadores, “tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con la ocasión de las fiestas de Navidad”

Hay que remontarnos al año 1944, que fue cuando el Gobierno decretó que los trabajadores de industrias cobraran una paga extra equivalente al salario de una semana, para así paliar el descontento tras la caída de los salarios. Dicha medida tuvo mucho éxito, y en 1947 el gobierno decidió realizar una segunda paga.

La segunda paga extra es fijada por cada empresa por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores, mientras que la paga original de diciembre se mantiene siempre en fechas navideñas.

En principio, todos los trabajadores tienen derecho a recibir esta paga extra, pero existen algunas excepciones. Por ejemplo, si uno empieza a trabajar en una empresa un 1 de diciembre, no recibiremos ningún ingreso extra ese mes, ya que esta paga se genera por cada día trabajado, ya sea de manera anual o semestral. Si la última paga de verano se ha cobrado un 30 de junio, la próxima la habremos generado con nuestro trabajo desde el 1 de julio hasta el siguiente junio.

 

¿Qué trabajadores no recibirán paga extra esta Navidad?

 

Existen diferentes maneras de recibir este pago extra. Este formado provoca que la mayoría de los trabajadores tenga 14 pagas anuales, pero hay otros a los que se le realiza un prorrateo dentro de sus 12 cobros salariales. Por ejemplo, un trabajador que cobra 1.200 euros puede obtener en el mes de la paga extra 2.400 euros, o puede recibir el pago de manera prorrateada, recibiendo cada mes un total de 1.400 euros.

Sin embargo, hay algunas excepciones de trabajadores que no podrán exigir una paga extraordinaria, como, por ejemplo, aquellos que hayan sufrido un ERTE total de suspensión. Por otro lado, los que formen parte de un ERTE parcial de reducción de jornada tienen derecho a cobrar según lo trabajado. Cabe destacar que, el tiempo de bajar por una incapacidad temporal, no computa para la paga extra.

Sobre el autor:

Stefano Traverso

Stefano Traverso

Stefano Traverso es licenciado en Ciencias de la Comunicación en la USMP de Perú; con un máster en Marketing Digital & E-commerce en EAE Business School de Barcelona. Ha trabajado en diferentes medios de comunicación en Perú, especializándose en deporte, cultura y turismo.

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