Economía

Jubilación forzosa: ¿Sabías que te pueden obligar a retirarte?

Marta Jurado

Miércoles 30 de octubre de 2019

ACTUALIZADO : Miércoles 30 de octubre de 2019 a las 11:05 H

6 minutos

El Gobierno de Sánchez reintrodujo esta medida que afecta a los trabajadores de más edad

Jubilación forzosa: ¿Sabías que te pueden obligar a retirarte?
Marta Jurado

Miércoles 30 de octubre de 2019

6 minutos

Aunque la mayoría de la población cuenta los días para jubilarse, existe un reducido grupo que preferiría seguir trabajando más allá de la edad legal de jubilación que supera ya los 65 años, con más de 36 años cotizados. De ahí que en la mayoría de los casos, la jubilación es un derecho voluntario por parte del trabajador y no una obligación. Pero, ¿existe algún caso en el que la empresa pueda obligar a jubilarse a un trabajador?

Sí y no. El fantasma de la jubilación forzosa ha vuelto a entrar en escena después de que el Gobierno de Pedro Sánchez la recuperase a principios de 2019 con el Real Decreto (RDL 28/2018 de 28 de diciembre). Esta medida contempla la posibilidad de que, mediante una cláusula incluida en el convenio colectivo, se pueda obligar a los trabajadores de cierta edad a acceder a la jubilación forzosa si se cumplen determinados requisitos. Pero solo se podrá hacer si hay acuerdo entre empresarios y representantes de los trabajadores en el convenio, lo cual excluye las negociaciones individuales entre empresa y trabajador, como podría ser el caso de las prejubilaciones.

"Este Real Decreto modifica el Estatuto de los Trabajadores de los años 80 y permite que en los convenios colectivos se pueda volver a incluir la cláusula de la jubilación obligatoria a partir de cierta edad, que ya estuvo vigente en el pasado y ha permanecido suspendida desde 2012- con la Reforma Laboral del PP- hasta ahora. La novedad es que en este caso se exige que se cumpla el requisito de que el trabajador cumpla las condiciones para recibir el 100% de la pensión máxima a la que tenga derecho y por otro lado, que la empresa lleve a cabo políticas de mejora del empleo o de relevo generacional", explica Lola Justo, abogada laboralista de Legálitas. 

¿Lo aplican ya las empresas?

Según aclaran los expertos legales, los sindicatos han mostrado que están dispuestos a negociar este tipo de medidas, ya que podría suponer un instrumento de mejora del empleo creado y el juvenil. Pero "habrá que ver si las empresas se ciñen a los requisitos", opina Lola Justo desde Legálitas (@Legalitas_ES). "Es una regulación muy imprecisa y de dudosa interpretación, que además va en contra de las tendencias de la Seguridad Social y del envejecimiento activo.", critica Federico Durán, experto en Derecho Laboral de Garrigues (@garrigues_es)​. 

"El Gobierno ha establecido, de nuevo, la jubilación forzosa como “un instrumento adecuado para impulsar el relevo generacional en el mercado de trabajo. Sin embargo, el empleo no es un juego de suma cero: la expulsión de los trabajadores de mayor edad no implica necesariamente una contratación equivalente de jóvenes empleados", apunta Durán, de Garrigues y señala la dificultad de comprobar los requisitos estipulados en el Real Decreto.

Aunque aún no hay empresas que hayan recurrido a la jubilación forzosa oficialmente desde la entrada en vigor en enero de la nueva normativa, fuentes del sector confirman que se están empezando a incluir en los convenios colectivos de algunas grandes empresas, orientados fundamentalmente a prescindir de los trabajadores de más edad con sueldos más elevados. 

¿Significa que te pueden obligar a jubilarte a partir de cierta edad?

En cuanto a los derechos del trabajador, es necesario saber que el empresario individualmente no puede obligar a ningún trabajador a que acepte una extinción de su contrato de trabajo, sin indemnización, cuando alcanza la edad de jubilación. Como ya ha ocurrido en otros períodos legislativos, la nueva norma reconoce la posibilidad de que esta obligación se desarrolle solo mediante el acuerdo entre las partes: empresario y representantes de los trabajadores, tanto en los convenios colectivos de sector como en los de empresa", explican desde BBVA Mi Jubilación.

Es más, un trabajador puede seguir en activo de forma indefinida y, de hecho, existen bonificaciones en la cuantía de la pensión, de entre el 2% y el 4% por cada año completo trabajado más allá de la edad de jubilación. Además, existen modalidades como la jubilación activa, que permite compatibilizar el 50% de la pensión con un trabajo por cuenta propia o ajena. Por lo que la respuesta dependerá del caso. Según la Encuesta de Población Activa (EPA), en España hay un total de 175.796 ocupados mayores de 65 años, de los que hasta 55.800 tienen más de 70 años, en su mayoría hombres.

Las rentas más altas, en el punto de mira

Pero esta medida no afecta a todos por igual. "La rentas bajas y medias ni se plantean seguir trabajando porque la tasa de reposición de sus pensiones es elevada en comparación con lo que cobrarían si siguiesen trabajando. Sin embargo, este es un tema muy relevante entre las rentas altas, entre las que las tasas de reposición son menores y habría mucha diferencia entre lo que cobren en activo y retirados", aclara Federico Durán, en relación a que la pensión máxima roza los 32.000 euros anuales mientras que los salarios de mandos intermedio y directivos, superan los 40.000 o 50.000 euros anuales.

Ante esta situación, muchos de estos empleados se niegan a jubilarse cuando cumplen la edad de retiro. De ahí que la consultora Willis Towers Watson (@WTWesp​) alerta sobre la creciente preocupación de muchas compañías por esta situación, ya que se trata de los sueldos más altos de las empresas, informa el diario Cinco Días. "Tanto es así, que hay empresas como es el caso de la pública Adif, donde hay varios trabajadores con 78 años cumplidos" añaden. Y todo ello teniendo en cuenta que el 65,7% de las empresas del IBEX tienen presidentes que superan los 60 años.

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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