Economía

¿Se puede cobrar el paro tras una baja voluntaria?

Laura Moro

Foto: Europa Press

Viernes 7 de febrero de 2025

3 minutos

El SEPE lo aclara

¿Se puede cobrar el paro tras una baja voluntaria?
Laura Moro

Foto: Europa Press

Viernes 7 de febrero de 2025

3 minutos

La baja voluntaria es un tipo de baja laboral, que como su propio nombre nos adelanta, es el trabajador quien libremente elige cesar su actividad laboral y pierde el derecho a la indemnización de la empresa y el derecho a solicitar la prestación por desempleo.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica que el motivo principal por el que no se puede cobrar el paro es que la ley establece que para poder acceder a esta ayuda "es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo", comentan en su página web.

Recordemos que para que una persona pueda cobrar el paro tienen que darse alguna de las situaciones legales de desempleo que se contemplan, haber cotizado el tiempo mínimo exigido y no encontrarse en una situación de incompatibilidad.

En concreto, los requisitos son los siguientes:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
  • Tener cubierto el periodo de cotización por desempleo obligatorio, que es de 360 días dentro de los seis años anteriores.
  • Encontrarse en una situación legal de desempleo (en este enlace puedes ver cuáles son esas situaciones), suscribir el compromiso de actividad, aceptar ofertas de colocación adecuadas.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • No tener la edad de jubilación ordinaria.
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¿Se puede cobrar el paro tras una baja voluntaria?

Ahora bien, ¿existen excepciones para poder cobrar el paro tras pedir la baja voluntaria? El SEPE también lo aclara.

Lo primero que tenemos que saber es que si después de haber tomado esta decisión, vuelves a trabajar en una empresa y no superas el periodo de prueba por decisión del empresario y no han transcurrido más de tres meses desde tu cese voluntario en la empresa anterior, tampoco podrás hacerlo. 

¿Y cuándo podrás hacerlo? Se podrá cobrar el paro si el cese en la segunda empresa de forma involuntaria no tiene nada que ver con no haber superado el periodo de prueba, independientemente del tiempo que haya pasado desde la fecha de la baja voluntaria anterior.

En caso de que ceses dos veces por no superar el periodo de prueba  y volvieras a trabajar y en ese trabajo también cesaras por decisión del empresario, "podrás percibir prestaciones por desempleo si desde el segundo cese por no superar el periodo de prueba hasta el tercero y último cese, hubieran transcurrido tres meses".

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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