Economía

Todas las subidas de impuestos que entran en vigor en 2022 y afectan a tu bolsillo

Pepa Montero

Foto: EUROPA PRESS

Lunes 3 de enero de 2022

10 minutos

Planes de pensiones, autónomos, matriculación, tabaco y plusvalía concentran los cambios tributarios

Todas las subidas de impuestos que entran en vigor en 2022 y afectan a tu bolsillo
Pepa Montero

Foto: EUROPA PRESS

Lunes 3 de enero de 2022

10 minutos

Así es el nuevo impuesto de plusvalía: sin efecto retroactivo y dos opciones de cálculo

El Gobierno prorrogará seis meses la rebaja del IVA de las mascarillas en el 4%

 

El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2022 "no incluye grandes novedades fiscales y aplaza las posibles modificaciones más profundas en grandes impuestos. El Ejecutivo esperará a las recomendaciones que realice el comité de expertos designado para la reforma fiscal, que en principio se planificará en los primeros meses del próximo año y que entraría en vigor en 2023", aclaran los Técnicos de Hacienda (Gestha) a 65YMÁS. 

Entre las principales novedades que afectan a las personas físicas en 2022, la principal quizá sea la reducción del límite de aportación a planes de pensiones. En efecto, los Presupuestos Generales rebajan el ahorro máximo hasta 1.500 euros anuales (desde los 2.000 euros posibles en 2021) manteniéndose el límite porcentual del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

"El Gobierno ya disminuyó el límite de 8.000 euros aplicables hasta 2020, a los 2.000 euros vigentes en 2021. En cambio, busca incrementar las aportaciones empresariales a planes promovidos por el empleador. Así, este año se permitirá continuar con el límite global de 10.000 euros, ya que el tope de 1.500 euros de aportación individual se podrá incrementar por las contribuciones empresariales hasta un límite que aumenta de los 8.000 euros hasta los 8.500 euros", especifican los fiscalistas de Gestha.

Otra decisión en materia de impuestos en 2022 es que se prorroga hasta junio la rebaja del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de las mascarillas quirúrgicas, que seguirán pagando un tipo superreducido del 4%, en vez del 21% que les correspondería. Así lo anunció la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante su intervención en el debate de totalidad del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. 

declaracion renta delegacion hacienda

Suben las bases de cotización de autónomos

En los Presupuestos Generales del Estado para 2022 se establece un aumento de las bases de cotización para los autónomos. En concreto, la base mínima se incrementará hasta los 960 euros mensuales (hasta ahora, 944). La cuota a pagar será del 30,6% de la base elegida, lo que en el caso de la mínima se traducirá en 294 euros. De modo que esta modificación va a afectar al menos a 1,8 millones de autónomos que cotizan por esa base mínima.

Para los autónomos societarios, se producirá un encarecimiento de entre 96 euros y 225 anuales, debido al aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) hasta los 965 euros mensuales.   

Se pagará más impuesto de matriculación

En enero entra en vigor la homologación de medición de emisiones para vehículos nuevos, conocida como Procedimiento Mundial Armonizado para Ensayos de Vehículos Ligeros, que va a provocar un aumento del impuesto de matriculación. Se trata de un cambio normativo que causará la subida de precio de casi el 40% de los vehículos nuevos que se venderán en España (un alza del 5% aproximadamente). Y es que, tras la adaptación a la nueva reglamentación, más estricta, muchos coches saltarán de tramo fiscal y tendrán que pagar más impuesto.

Así, hasta el 31 de diciembre de 2021, los modelos que emiten menos de 144 gramos de CO2 por cada kilómetro recorrido no pagan el impuesto de matriculación. Anteriormente, estaban exentos de abonar esta tasa los coches que emiten menos de 120 g/km. Los vehículos que emiten entre 144 y 192 gramos de CO2 pagan un 4,75% de este impuesto (120-160 gramos anteriormente), mientras que un 9,75% lo abonan aquellos clientes con automóviles que emiten entre 192 y 240 gramos de CO2 (previamente, en los 160-200 gramos). El último tramo, aquellos vehículos que expulsan más de 240 gramos, deben abonar el 14,75%, mientras que antes pagaban este porcentaje los que emiten más de 200 gramos de CO2 por kilómetro.

Impuestos especiales: sube el del tabaco

persona fumando sube impuesto tabaco

Desde enero de 2020 se producirá el aumento de los impuestos especiales sobre el tabaco, en torno al 5,5%, lo que causará a su vez un aumento del precio de las cajetillas de cigarrillos. De hecho, un tercio de todo lo que España recauda por impuestos especiales procede del tabaco, que aportará a las arcas de Hacienda cerca de  7.000 millones de euros este año, si se cumplen las previsiones que recogen los Presupuestos Generales.

IPREM y otras disposiciones con incidencia tributaria

Según detalla a 65YMÁS el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF @REAF_CGE) del Consejo General de Economistas (@EconomistasOrg), hay una serie de disposiciones que tienen repercusión tributaria, entre las que destacan estas:

-Interés legal del dinero: se fija para 2022 en el 3% (misma cuantía que en los años anteriores).

-Interés de demora: se fija para 2022 en el 3,75% (misma cuantía que en años anteriores).

-Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM): se establece para 2022 un IPREM anual de 6.948,24 euros (antes 6.778,80 euros). En los supuestos en los que la referencia al salario mínimo interprofesional haya sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual de éste será de 8.106,28 euros (antes 7.908,60 euros) cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual. No obstante, si expresamente se excluyen las pagas extraordinarias, la cuantía será de 6.948,24 euros (antes 6.778,80 euros).

Periodistas en Actividades Económicas

Asimismo el REAF aclara que, "con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de la entrada en vigor de la ley, se añade un nuevo grupo 863 en la agrupación 86 de la sección segunda de las tarifas del impuesto para “Periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación”. La cuota será de 115 euros.

Los sujetos pasivos clasificados en este grupo están facultados para la obtención, tratamiento, interpretación y difusión de informaciones o contenidos a través de cualquier medio escrito, oral, visual, digital o gráfico, así como para el asesoramiento y ejecución de planes de comunicación institucional o corporativa.

Plusvalía municipal: dos opciones para hallar la cuota

El Gobierno ha modificado el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal), para adaptarlo a la legalidad tras la sentencia del Tribunal Constitucional, que lo anulaba. Así se pagará el tributo en 2022, según detallan los fiscalistas del Registro de Economistas Asesores Fiscales:

-Supuesto de no sujeción. No se pagará el impuesto cuando en las transmisiones de terrenos no se produzca incremento de valor, siempre que se acredite la inexistencia de incremento. En cualquier caso, deberá declararse la transmisión y aportar los títulos que documenten la transmisión y la adquisición.

- La base imponible. Está constituida por el incremento del valor de los terrenos puesto de manifiesto en el momento del devengo y experimentado a lo largo de un periodo máximo de 20 años, y se determinará multiplicando el valor del terreno en el momento del devengo por el coeficiente que corresponda al periodo de generación. 

Se establecen dos opciones para determinar la cuota tributaria que el contribuyente podrá elegir, para aplicarse la más beneficiosa. Así, puede optar por calcular el importe por el resultado objetivo de multiplicar el valor catastral por unos nuevos coeficientes que tendrán en cuenta la realidad inmobiliaria, o decantarse por el cálculo a través de una ganancia real, con la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición.

Como novedad, serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, es decir, las que se producen cuando entre la fecha de adquisición y de transmisión ha transcurrido menos de un año y que, por tanto, pueden tener un carácter más especulativo.

Los ayuntamientos que tengan establecido el Impuesto deberán modificar, en el plazo de 6 meses, contados a partir del 10 de noviembre de 2021 sus respectivas ordenanzas fiscales para adecuarlas a lo dispuesto en el mismo.

Tipo mínimo del 15% en Sociedades

En 2022, se establece una tributación mínima en el Impuesto sobre Sociedades, del 15% de la base imponible positiva en el caso de contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) sea al menos de 20 millones de euros, durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, y en el de los que tributen por el régimen de consolidación fiscal.

Existen una serie de excepciones, tal como especifica el REAF: la cuota líquida no podrá ser inferior al 10% de la base imponible en las entidades de nueva creación que tributen al tipo del 15%. Además, la cuota líquida no podrá ser inferior al 18% de la base imponible si se trata de entidades que tributan al tipo de gravamen de las entidades de crédito o de hidrocarburos. En el caso de las cooperativas, la cuota líquida mínima no podrá ser inferior al resultado de aplicar el 60% a la cuota íntegra. La tributación mínima no se aplica a las entidades beneficiarias del mecenazgo, a las Instituciones de Inversión Colectiva, a los Fondos de Pensiones y, tampoco, a las SOCIMIS.

Cambia el sistema de valorar inmuebles del Catastro

Aunque no se recoge en los Presupuestos Generales del Estado de 2022, desde el 1 de enero cambia la forma de calcular la base imponible de los impuestos sobre el Patrimonio, Sucesiones y Donaciones (ISD) y Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP), que estará vinculada al valor de referencia del Catastro.

La norma establece que los valores de referencia no superarán a los valores de mercado. Para tal fin, se aplicarán los factores de minoración, que sitúan el coeficiente en el 0,9, tanto para los inmuebles urbanos como para los rústicos. Por lo tanto, el valor de referencia sólo afectará a quien adquiera un inmueble a partir del 1 de enero de 2022 y a la vez tenga que tributar, bien por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, bien por Sucesiones y Donaciones. Igualmente, sólo podrá afectar al Impuesto sobre el Patrimonio en lo que se refiera a inmuebles adquiridos a partir de la entrada en vigor de la norma, en ningún caso afecta al patrimonio preexistente.

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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