Economía

El Supremo permite a un trabajador quedarse con 12.000€ de una ayuda para mayores cobrada por error

Manuela Martín

Foto: Bigstock

Jueves 20 de marzo de 2025

4 minutos

Se ha aplicado la 'doctrina Cakarevic'

El Supremo permite a un trabajador quedarse con 12.000€ de una ayuda para mayores cobrada por error
Manuela Martín

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Jueves 20 de marzo de 2025

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Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha marcado un precedente importante al desestimar la petición del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para que un trabajador devolviera 12.000 euros percibidos erróneamente en concepto de subsidio por desempleo para mayores de 55 años. Este fallo confirma y declara firme una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que ya había fallado a favor del trabajador.

El SEPE fundamentó su recurso de casación ante el Supremo en la existencia de otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). En este caso se había revocado el derecho al subsidio de desempleo para mayores de 55 años a una trabajadora a la que también se le concedió por error, y se le ordenó el reintegro de las prestaciones percibidas indebidamente.

No obstante, el Tribunal Supremo identificó una diferencia fundamental entre ambos casos. Mientras que la trabajadora del caso de Cataluña era consciente de no cumplir con los requisitos necesarios para recibir el subsidio y no hizo nada para evitar seguir cobrándolo, el trabajador del caso ahora juzgado no tenía conocimiento de que estaba percibiendo el subsidio de manera incorrecta. Esta falta de conocimiento se debió a que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) certificó inicialmente, el 9 de abril de 2015, que el solicitante cumplía con los requisitos de cotización exigidos para la percepción del subsidio.

Esta certificación inicial del INSS fue un factor determinante en la decisión del Supremo. Tal como se expone en la sentencia, "No es lo mismo, ciertamente, tener conocimiento de que se están percibiendo indebidamente determinadas cantidades, que no tener conocimiento de dicha circunstancia".

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Los hechos se remontan a abril de 2015. El 15 de abril se reconoció al trabajador el subsidio por desempleo para mayores de 55 años, con la previsión de que lo percibiría hasta alcanzar la edad de jubilación. Previamente a este reconocimiento, el 9 de abril de 2015, el INSS había emitido un certificado acreditando que el trabajador cumplía con el periodo genérico y específico de cotización necesario para el cobro del subsidio. En base a esta certificación, el trabajador percibió un total de 12.030,84 euros durante varios años.

Sin embargo, el 28 de febrero de 2018, el INSS emitió un nuevo certificado que contradecía el anterior, indicando que en el momento de la solicitud, el trabajador no reunía el periodo específico de cotización para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación. Este nuevo certificado anulaba y sustituía al emitido en 2015.

Tras la emisión de este segundo certificado, el SEPE interpuso una demanda contra el trabajador exigiendo la devolución de las cantidades que consideraba indebidamente percibidas. Un juzgado de Madrid falló inicialmente a favor del SEPE, pero el trabajador recurrió al TSJM, que revocó la sentencia anterior y falló en contra del SEPE, permitiendo al trabajador conservar los fondos.

Finalmente, el SEPE recurrió en casación ante el Tribunal Supremo. El Alto Tribunal desestimó las pretensiones del SEPE, fundamentando su decisión en la llamada 'doctrina Cakarevic'. Esta doctrina tiene su origen en una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Según esta doctrina, si el error que da lugar al cobro indebido es imputable a la Administración y no existe mala fe por parte del beneficiario, no procede la devolución del dinero percibido erróneamente. En este caso, el error se originó en la certificación inicial del INSS, y no se demostró ninguna mala fe por parte del trabajador, quien confió legítimamente en la información proporcionada por la Administración.

Sobre el autor:

Manuela Martín

Manuela Martín es redactora especializada en temas de salud y ocio.

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