
Hacienda avisa: si pagas en efectivo no puedes superar estas cantidades
Evita sanciones: conoce las consecuencias de pagar en efectivo

Aunque la tarjeta está ganando terreno al pago en efectivo, todavía son muchos los ciudadanos que prefieren pagar con billetes o monedas. Esta práctica tan normalizada tiene un límite que quizás no todos los ciudadanos conozcan. Y es que, tal y como explica la Agencia Tributaria, no pueden pagarse en efectivo operaciones con un importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 si la persona que realiza el pago es persona física que no actúa como persona titular de la empresa profesional sin domicilio fiscal en España.
Si el ciudadano incumple con las limitaciones a los pagos en efectivo, estaría cometiendo una infracción administrativa grave, que puede cometerse tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo.
"Pagador y receptor responderán de forma solidaria de la infracción que se cometa y de la sanción que se imponga, lo que supone que la Agencia Tributaria podrá dirigirse indistintamente contra cualquiera de ellos o contra ambos", explica el organismo en su página web.
La base de la sanción será la cuantía que se ha pagado en efectivo por un importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera.

La sanción será una multa proporcional del 25% de la base de la sanción. Se podrá contemplar una reducción del 50% del importe de la sanción si se cumple con una serie de condiciones.
La infracción prescribirá a los cinco años que comenzarán a contar desde el día en que se cometió la infracción. Por otro lado, la sanción que derive de la comisión de la infracción, también prescribirá a los cinco años y comenzará a contar desde el día siguiente "al que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción".
¿Te puedes librar de la multa?
Sí, aquellas personas (pagador o receptor) que denuncien ante la Agencia Tributaria, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de pago efectuado, el incumplimiento de la limitación.
Ahora bien, tendrán que informar del importe y de la identidad de la otra parte. En caso de que ambas partes presenten la denuncia, "no se exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos", asegura la Agencia Tributaria.
La denuncia se puede presentar de manera presencial en los registros de las oficinas de la Agencia Tributaria o a través de Internet, rellenando el formulario para denuncias de pago en efectivo. Lo pueden encontrar en el apartado Denuncia de pagos en efectivo, en Gestiones: Denuncia de pagos en efectivo.