Educación Financiera

La multa que puede ponerte Hacienda por movimientos bancarios no justificados

María Liébana

Foto: Bigstock

Jueves 6 de febrero de 2025

3 minutos

Incluye pagos en efectivo y Bizum

La multa que puede ponerte Hacienda por movimientos bancarios nos justificados
María Liébana

Foto: Bigstock

Jueves 6 de febrero de 2025

3 minutos

La Agencia Tributaria de España ha reforzado su supervisión sobre las cuentas bancarias, con la posibilidad de imponer sanciones que pueden llegar hasta los 150.000 euros a aquellos contribuyentes que no logren justificar de manera adecuada el origen de sus ingresos o retiros de efectivo. Para llevar a cabo esta vigilancia, Hacienda colabora con las entidades bancarias, las cuales están obligadas a informar al fisco sobre los movimientos de sus clientes que superen ciertos umbrales.

Este control no se limita solo a las transferencias convencionales, sino que también incluye los pagos en efectivo y las transacciones realizadas a través de aplicaciones como Bizum.

Según la normativa actual, los titulares de cuentas bancarias deben identificarse al hacer ingresos en efectivo que excedan los 1.000 euros, mientras que los bancos tienen la obligación de notificar a Hacienda sobre cualquier ingreso o retiro que supere los 3.000 euros o en los que se utilicen billetes de 500 euros. Además, el límite máximo de efectivo que se puede mover dentro del territorio español es de 10.000 euros, siendo necesario declararlo mediante el formulario S1 si se supera esta cantidad.

Hacienda también estará atenta a todos los préstamos y créditos que superen los 6.000 euros. Desde finales de 2020, el Gobierno central ha impuesto un límite de 1.000 euros para los pagos en efectivo con el objetivo de combatir el fraude fiscal. Si se desea adquirir un bien o servicio por un valor superior, el comprador deberá optar por otro método de pago.

Hacienda perdona las deudas que sean inferiores a esta cantidad

Sanciones

En caso de que la Agencia Tributaria detecte irregularidades en los movimientos bancarios, podrá imponer sanciones por infracción fiscal. La cuantía de estas multas dependerá de la gravedad y tipo de falta cometida, clasificándose en tres categorías: leves, graves y muy graves.

Las infracciones leves pueden resultar en multas de hasta 3.000 euros y un recargo del 50% sobre la cantidad no ingresada.

Las infracciones graves pueden conllevar recargos de entre el 50% y el 100% de la suma no declarada, siempre que la base de la sanción supere los 3.000 euros o represente más del 50% de dicha base.

En el caso de infracciones muy graves, la multa puede ascender al 150% de la cantidad defraudada, pudiendo derivar en delitos fiscales si el importe supera los 120.000 euros. Por ejemplo, si una persona tiene 100.000 euros en efectivo y comete una infracción muy grave, la sanción impuesta por Hacienda podría alcanzar los 150.000 euros.

Por lo tanto, es crucial que los contribuyentes cumplan rigurosamente con sus obligaciones fiscales y justifiquen adecuadamente el origen de sus ingresos y movimientos bancarios para evitar posibles sanciones.

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

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