Casi al mismo tiempo que el Gobierno aprobaba en Consejo de Ministros el reglamento que regula aspectos técnicos de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública, para que puedan echar a andar en los próximos meses, elInstituto de Estudios Económicos presentaba un informe demoledor sobre los efectos de las últimas reformas que afectan a los planes de pensiones privados individuales y sus efectos sobre los partícipes y sobre el ahorro previsional de los españoles.
Las aportaciones a estos productos destinados a complementar la pensión pública han caído en picado, la capacidad de acumular ahorro previsional que permite el marco fiscal actual es un 60% inferior a la media europea y 464 euros al mes es, en el mejor de los casos, la pensión complementaria máxima que obtendría un partícipe español, frente a una media de 1.166 euros de la Unión Europea.
Escasa capacidad de ahorro
Después de que las sucesivas reformas en la fiscalidad de los planes de pensiones individuales hayan ido recortando el límite de aportaciones desde los 10.000 euros anuales vigentes en 2014 hasta los 1.500 euros anuales en la actualidad, la capacidad de acumulación de ahorro previsional es “menos de la mitad que en el promedio de la Unión Europea“ y hasta un 83% inferior a los países con mejores prácticas en esta materia”, advierte Íñigo Fernández de Mesa, presidente del Instituto de Estudios Económicos (IEE) y vicepresidente de CEOE.
Así, la renta neta que percibiría un partícipe español, como complemento para la pensión pública durante la jubilación, que utilizara la máxima capacidad de ahorro permitida por el marco fiscal de los planes de pensiones individuales es una de las más reducidas de toda la UE. Un partícipe percibiría una renta mensual neta para complementar su jubilación que se estima en apenas 464 euros durante 2 décadas, un 60% inferior al partícipe promedio de la Unión, que se sitúa en 1.166 euros. Por tanto, un español recibiría, una renta complementaria en su jubilación más de 2,5 veces inferior a la del ciudadano promedio europeo con idénticas características y con la misma rentabilidad financiera. A su vez, esta cantidad se encuentra aún más alejada de los países con un marco legal más favorable a la acumulación de ahorro como Francia (2.722 euros), Irlanda (2.546 euros) o Chipre (1.989 euros).
Se trata de una de las principales conclusiones del informe “Por una mejora de los incentivos fiscales a los planes de pensiones”, del Instituto de Estudios Económicos (IEE) en el que se analiza el tratamiento fiscal para los planes de pensiones privados en España en comparación con el resto de los países de la Unión Europea.
Un partícipe que aportara cada ejercicio el máximo permitido en España durante 35 años obtendría unos derechos brutos consolidados al final del plan de 110.478 euros frente a los 238.749 euros de la media de la UE. Ello sitúa a nuestro país a la cola de Europa, en la posición 21 dentro de los 27 países de la UE, como uno de los 7 sistemas con un menor potencial de acumulación de ahorro en sus planes de pensiones privados individuales.
Para realizar el estudio comparativo, el IEE ha elaborado un modelo financiero-fiscal de acumulación y desacumulación de ahorro en este instrumento para un partícipe que realiza anualmente la aportación máxima permitida en cada país. Dado que se asume un mismo comportamiento financiero (4% de rentabilidad) para todos los instrumentos y países, cualquier diferencia en las variables analizadas tiene lugar exclusivamente por el diferente tratamiento fiscal y regulatorio de los planes de pensiones en los distintos países.
Migración de planes individuales a planes de empleo
El Gobierno justificó los dos últimos hachazos en la fiscalidad de los planes de pensiones individuales en su intención de fomentar los planes de empleo, aquellos que se generan en la empresa. También, en un análisis de la AIReF que apuntaba a que los planes individuales tienen una fiscalidad regresiva.
Desde el sector, las principales patronales, Inverco y Unespa han lamentado que se cercenara el tercer pilar sin que aún se haya desarrollado el segundo. Y recuerdan que el Gobierno solo tiene en cuenta la fiscalidad en la aportación, pero no en el rescate, que se imputa en la base imponible como rendimientos del trabajo, con fiscalidad más desventajosa que en otros productos de ahorro o inversión que van por rentas del capital.
En la misma línea, el informe del IEE señala que aquellos países que establecen marcos fiscales favorables (tanto en términos de límites de aportaciones, como de tratamiento fiscal a lo largo de la vida del instrumento) para los planes de pensiones de empleo, lo hacen también para los planes individuales. Es decir, que la disyuntiva no es entre planes de pensiones individuales y planes de empleo como se pretende en España, sino entre favorecer el ahorro previsional mediante el mayor número de instrumentos posible o no favorecerlo. Por tanto, “el erróneo enfoque del marco español supone un perjuicio para los ahorradores de nuestro país y una oportunidad pérdida de sumar esfuerzos y oportunidades a través de distintos instrumentos de ahorro previsional”, señala el estudio.
En España, los límites de las aportaciones a los planes de empleo recogidos en la Ley 20/2022 son, a priori, bastante elevados. Sin embargo, en la práctica, según señala el IEE “este potencial se ve mermado por el límite mucho más reducido que se establece para las reducciones de las cotizaciones a la Seguridad Social sobre las aportaciones que realiza la empresa (y que son imprescindibles para alcanzar los máximos permitidos)”. Con los datos correspondientes a 2022, la aportación máxima no sujeta a cotizaciones a la Seguridad Social para la empresa se sitúa en unos 120 euros al mes, es decir, unos 1.400 euros al año. Esta contribución está muy por debajo de los, al menos, 4.250 euros que tendría que aportar la empresa para, en el supuesto de que el trabajador aportara otros 4.250 euros adicionales, alcanzar los 8.500 euros, por lo que será muy difícil que se pueda agotar el potencial teórico del instrumento.
Caída de las aportaciones
El hachazo fiscal, ha supuesto una progresiva caída del volumen total anual de aportaciones realizadas, desde un flujo de aportaciones superior a 6.000 millones de euros en el año 2006 hasta los 2.594 millones del pasado año 2021, una caída superior al 58%. Solo con el penúltimo cambio regulatorio que reducía el límite de 8.000 euros a 2.000 euros (para la última reducción a 1.500 euros todavía no hay datos completos del año) se produjo una caída en este flujo de aportaciones del 40%.
Incentivar el ahorro privado
Una vez constatadas las deficiencias del marco fiscal de planes de pensiones privados en España y la brecha existente con las mejores prácticas que tienen en lugar en la Unión Europea, el Instituto de Estudios Económicos recoge en su informe sus recetas y sugerencias para mejorar el marco regulatorio y tributario de los planes de pensiones en España, tanto individuales como de empleo, “dada la perentoria necesidad de incentivar el ahorro privado”.
Según el IEE, estas medidas deberían ir orientadas fundamentalmente:
Incrementar los límites a las aportaciones que generan reducción en la base imponible, también en el caso de las aportaciones a favor del cónyuge.
Mejorar la tributación de las prestaciones, recuperando el tratamiento como rendimientos irregulares, eliminado en la reforma de 2006, con aplicación del actual porcentaje de reducción del 30%. Esta reducción se debería aplicar no solo a las prestaciones recibidas en forma de capital sino también a las prestaciones recibidas en forma de renta.
En lo relativo a los planes de pensiones de empleo, elevar la reducción en cotizaciones a la Seguridad Social para las aportaciones realizadas por la empresa, igualándola con el límite fiscal deducible general, tal y como sucede en otros países europeos, con el objetivo de permitir un verdadero aprovechamiento del potencial de acumulación de estos planes.
Por último, debería modificarse la tributación de la parte de las prestaciones correspondiente al rendimiento generado que, por su naturaleza, debería gravarse al tipo correspondiente a la base del ahorro en lugar de al tipo marginal del IRPF, tipo este último que aplicaría solo para la parte de las prestaciones relativa a las aportaciones realizadas.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.