Olga Selma
Olga Selma es redactora especializada en temas de salud, alimentación y consumo.
… saber más sobre el autorFoto: Bigstock
Viernes 16 de octubre de 2020
ACTUALIZADO : Lunes 11 de enero de 2021 a las 11:05 H
3 minutos
Los españoles se jubilan cada vez más mayores, según la tendencia de los últimos años. De forma que la edad media a la que los trabajadores empiezan a cobrar la pensión es ya de 64 años y seis meses, según los últimos datos la Seguridad Social.
Según el Estudio Tendencias recientes en la edad de acceso a la jubilación del Banco de España, la edad de jubilación ha mostrado una tendencia creciente desde, al menos, 2006 y registró un pico en 2013. Dicho crecimiento es el resultado del aumento neto de la edad media de acceso a la pensión dentro de cada modalidad de jubilación, compensado parcialmente por el incremento del peso de las modalidades de jubilación cuya edad de jubilación es menor.
En el 2020, la edad legal de jubilación está fijada en 65 años y 10 meses. En el caso de que el trabajador tenga cotizados más de 37 años, podrá jubilarse a los 65 con el cobro del 100% de la pensión. Pero en la práctica, los trabajadores españoles se jubilan de media antes de lo que estipula la ley. De hecho, según los datos oficiales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la edad media real de jubilación en España se situó a finales del 2019 en 64 años y cinco meses, este año ya se sitúa en 64 años y seis meses.
Tal y como indica el Banco de España, la incidencia de la reforma de 2011, desde la perspectiva de la edad de jubilación, aún es limitada, debido al todavía notable porcentaje de altas que acceden a la jubilación según la normativa previa, así como a las disposiciones que permiten mantener en 65 años la edad legal de jubilación para las personas con carreras de cotización suficientemente largas. Por ejemplo, se estima que, en 2018, algo menos del 40 % de las altas de jubilación se vieron afectadas por un cambio en la edad legal tradicional.
El estudio del Banco de España también concluye que los trabajadores que acceden a alguna modalidad de jubilación anticipada y los que se jubilan parcialmente ostentan la edad de jubilación más temprana. Sin embargo, también acreditan períodos de cotización más prolongados y bases reguladoras más altas.
Debemos tener presente que si esperamos a la edad legal, obtendremos el 100% de la pensión pública si hemos cotizado los años suficientes estipulados. En cambio, si decidimos retrasar la jubilación, percibiremos una pensión superior. En función del número de años cotizados, podremos obtener una bonificación entre el 2% y el 4% por cada año que retrasemos la jubilación. Mientras que la jubilación anticipada lleva asociado un recorte de la cuantía total, en torno al 8% por cada año de anticipación. Todo ello en el caso de baja voluntaria dos años antes de la edad legal y con un mínimo de 35 años cotizados.