Esperemos que los cuchillos no vuelen en la mesa del diálogo social en la que Gobierno, patronal y sindicatos están negociando la reforma de las pensiones. Lo que sí es seguro es que están encontrando alguna piedra en el camino que dificulta la negociación. Y una de ellas ha sido, sin duda, la jubilación forzosa. El Gobierno pretendía eliminarla, pero tanto sindicatos como, especialmente la CEOE, se oponen.
Pero el asunto es prioritario y, de hecho, en el calendario de reformas previstas para ir aplicando de forma gradual hasta 2023, los cambios para la jubilación forzosa aparecen entre los más inmediatos, para aplicar antes de final de año, como se desprende del borrador de acuerdo en materia de pensiones remitido por el Gobierno a sindicatos y empresarios.
Hasta tal punto este elemento se ha convertido en un escollo para que la negociación avance, que el propio Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá ha reconocido haber cedido ante la posibilidad de que los convenios colectivos puedan seguir incluyendo esta figura, pero, eso sí, con una ampliación de la edad a la que una empresa puede obligar a jubilarse a una persona. “Lo que hemos admitido en la negociación es que la jubilación forzosa se mantenga a los 68 años, que es el modelo francés, en lugar de a los 65”.
Hasta el momento la posición del Ejecutivo en este punto era clara: la posibilidad de que un convenio colectivo incluya que la empresa pueda obligar a una persona a jubilada una vez alcanzada la edad legal y que puede acceder al 100% de su pensión debía desaparecer. “Tenemos que establecer carreras laborales más largas donde se puede cambiar lo que hace cada uno en la empresa, pero no se puede ir a la solución facilona de expulsarle contra su voluntad del mercado del trabajo”, asegura Escrivá. Además, los trabajadores afectados por estos convenios que estarían en disposición de prolongar su vida laboral "se quedan sin la posibilidad de acceder a los beneficios de las modalidades de jubilación demorada o activa".
Por eso, Escrivá ofrece a patronal y sindicatos la alternativa de que los trabajadores mayores puedan seguir trabajando un año más allá de la que será la edad legal de jubilción, antes de que la empresa le pueda obligar a jubilarse. Esto retrasaría el cobro de su pensión y su entrada en el sistema público de pensiones.
Escrivá cede y permite que los convenios colectivos ya aprobados, puedan seguir aplicándola
Ahora bien, José Luis Escrivá, a cambio, cede con los convenios ya aprobados y que incluyen la figura de la jubilación forzosa una vez que los trabajadores alcancen la edad legal de jubilación. Podrán seguir aplicándola al amparo de la legislación hasta ahora vigente mientras éstos mantengan su vigencia.
Inicialmente se había planteado dar un margen de un año para los convenios ya aprobados antes de prohibirles seguir aplicando la jubilación obligatoria para los trabajadores.
Lo cierto es que la negociación colectiva se está apresurando estos meses a incluir la jubilación forzosa en los convenios que se van a probando. De RTVE a LA Liga, pasando por grandes empresas como Telefónica, Iberdrola o Repsol, y por supuesto sectores como la banca, oficinas, metal o la construcción ya hay incluido la jubilación obligatoria en sus convenios.
Antonio Garamendi, presidente de la CEOE. (Foto: Europa Press)
Una anomalía que no existe en países de nuestro entorno
La denominada jubilación forzosa consiste en la posibilidad de que los convenios colectivos contengan una cláusula que permite a las empresas rescindir el contrato de los trabajadores que alcanzan su edad legal de retiro. Las empresas no pagan indemnización y los trabajadores reciben el 100% de la pensión.
“Esa cláusula tiene dos años de vida y no existe en países de nuestro entorno. La jubilación es un derecho, pero pasa a ser una obligación a través de un acuerdo entre terceros. Es una anomalía que puedan obligar a jubilarse a una persona que no quiere” ha dicho José Luis Escrivá en una entrevista recogida por el Diario de Navarra.
Para la patronal, la jubilación forzosa es una vía para ahorrar costes. Con esta figura pueden prescindir de trabajadores con sueldos más altos una vez que cumplen con la edad legal, y además lo pueden hacer sin indemnización. Para los sindicatos la figura de la jubilación forzosa no supone ningún perjuicio para el trabajador, puesto que tiene derecho al 100% de la pensión de jubilación contributiva. Además, la medida debe vincularse a objetivos coherentes de política de empleo expresados en el convenio colectivo.