Futuro de las pensiones

La jubilación forzosa que pretende reformar Escrivá: cuando uno no quiere retirarse y te obligan

Marta Jurado

Foto: Big Stock

Domingo 4 de julio de 2021

6 minutos

El acuerdo de pensiones prohibirá éstas cláusulas por convenio en el futuro, pero con excepciones

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Marta Jurado

Foto: Big Stock

Domingo 4 de julio de 2021

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Julio Ruiz, tras su jubilación forzosa de RTVE: "Es raro dejarlo cuando aún amas tu profesión"  

 

"La jubilación es motivo de alegría para muchas personas. Algunas incluso la anticipan. Pero hay otras que no quieren jubilarse, porque tienen un trabajo muy gratificante y se sienten bien. En la música tenemos a Serrat, Robert Fripp, Mick Jagger, Paul McCartney, Miguel Rios etc..". Con este mensaje ilustrativo mensaje se despedía el periodista musical José Miguel López (@Discopolis3), que junto al mítico Julio Ruiz (DiscoGrande) y el crítico de cine Javier Tolentino, se han visto forzados a jubilarse contra su voluntad por la cláusula que así lo establecía en el convenio de la cadena que ha sido su casa hasta hace unos días, Radio 3 (RNE) y en la que llevan trabajando décadas.

¿Que pasa cuando no quieres jubilarte y te obligan a hacerlo? El caso de los veteranos locutores de radio es uno de los últimos en traer de nuevo la polémica sobre lo que se conoce como jubilación forzosa, presente en muchos convenios colectivos de instituciones que van desde Telefónica, RTVE o LA Liga. Se trata de un figura que desapareció con la reforma de 2012 del PP en plena crisis económica y que volvió en 2018 de la mano de Pedro Sánchez. Ahora, el ministro José Luis Escrivá, en su afán de acercar la edad de jubilación legal a la real, ha intentado prohibirlas en la reforma de las pensiones. Pero finalmente la eliminará a partir de los 68 años, pero las mantendrá en algunas excepciones como los casos de convenios firmados antes de la entrada en vigor del nuevo anteproyecto.

¿Qué dice la legislación al respecto?

Una de las primeras aclaraciones al respecto que hacen los expertos consultados por 65YMÁS es que la jubilaciones forzosa "no está regulada de momento por ninguna ley sino por los diferentes convenios colectivos" que acuerda cada empresa con los representanes de los trabajadores. En el caso de los periodistas radiofónicos éste sería el III Convenio Colectivo aprobado por los sindicatos y la dirección de RTVE bajo el mandato de Rosa María Mateo.

En segundo lugar, se tienen que dar dos circunstancias para que se pueda llevan a cabo legalmente. La primera es que debe incluir cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de un trabajador cuando alcance la edad legal de jubilación siempre que tenga derecho al 100% de la pensión y que el retiro se vincule a políticas de empleo, como la transformación de contratos temporales en indefinidos o la contratación de nuevos trabajadores", explica Amparo Iglesias, letrado laboralista de Legálitas (@Legalitas_ES).

Muchos trabajadores se oponen, sobre todo los de salarios elevados

Tal como señala la abogada "para muchos trabajadores esto es algo con lo que no están de acuerdo, sobre todo los que cobran salarios más elevados que la pensión que les correspondería", señala mientras pone el ejemplo de alguien un con una nómina mensual de 3.000- 4.000 euros, mientras que la pensión máxima por jubilación se sitúa en 2021 en los 2.700 euros. "Pero lamentablemente, hay poco que hacer salvo que exista algún tipo de irregularidad o que la jubilación forzosa no se ajuste a la norma", aclara Iglesias.

Aún así, varios de los 70 periodistas mayores de 65 años que saldrán este mes de RTVE han firmado como "no conforme", en vistas a poder iniciar un proceso legal, tal como ha explicado el propio José Miguel López en redes sociales. Una recomendación, la de firmar como "no conforme", que la abogada laboralista recomienda ante cualquier tipo de duda en cualquier comunicación oficial vinculante. "Tampoco se debería firmar la liquidación por si hubiese algún tipo de error de cálculo, incumplimiento de condiciones del contrato o algún tipo de discriminación", señala Iglesias.

La nueva reforma prohibirá la jubilación forzosa, pero deja muchas excepciones

¿Qué pasará una vez se apruebe la futura reforma de las pensiones? Según el anteproyecto aprobado por Gobierno y agentes sociales, se prohibirá el establecimiento de cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores de menos de 68 años a partir de la entrada en vigor de la misma. Sin embargo, en los convenios suscritos con anterioridad, estas cláusulas podrán ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada para el convenio.

Además, si se establecen estas cláusulas en los convenios, las empresas tendrán que contratar como mínimo a tiempo completo y de manera indefinida a un trabajador por cada jubilado forzoso – lo que impedirá lo que se conoce como amortización del puesto–. Excepcionalmente, el límite de edad establecido (menos de 68 años) podrá rebajarse hasta la edad legal ordinaria de jubilación cuando la tasa de ocupación de las trabajadoras mujeres en las actividades económicas del ámbito funcional del convenio sea inferior al 15% de las personas ocupadas y siempre que se cumplan varios requisitos, entre ellos la contratación simultánea de al menos una mujer de manera indefinida y a tiempo completo.

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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