La guerra para acabar con la jubilación forzosa por convenio que planeaba el ministro de Seguridad Social José Luis Escrivá dentro de la próxima reforma de las pensiones se diluye, pero la batalla con los agentes sociales sobre cómo será la nueva fórmula continúa, pudiendo ser un escollo en la negociación. Pese a que la primera posición del ministro era la de prohibirlos definitivamente "ya que no existen en ningún otro país europeo", finalmente ha cedido a la presión de patronal y sindicatos para que se siga incluyendo esta figura en los convenios. Eso sí, con una ampliación de la edad a la que una empresa puede obligar a jubilarse a una persona hasta los 68 años.
El asunto ahora radica en cómo serán las nuevas condiciones que se apliquen a los futuros jubilados forzosos de las empresas e instituciones que cuentan con esta cláusula en su convenio, que van desde Telefónica, RTVE o LA Liga. Uno de los puntos más polémicos que se está barajando actualmente es la obligación por parte de las empresas de contratar de manera indefinida a un trabajador por cada jubilado forzoso, como mínimo a tiempo completo, según publica Europa Press. Se impediría así lo que se conoce como "amortización del puesto", es decir que no se contrate a nadie nuevo para realizar las funciones que realizaba el trabajador despedido. Esto debería figurar también en los convenios colectivos, así que como los requisitos para que se aplique.
Ministro Seguridad Social, José Luis Escrivá. Fuente: Europa Press
Qué ocurre actualmente
Tal como explican a 65YMás fuentes cercanas a la negociación, la actual legislación, aprobada en diciembre de 2018, establece que los convenios pueden incluir cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de un trabajador cuando alcance la edad legal de jubilación siempre que tenga derecho al 100% de la pensión y que el retiro se vincule a políticas de empleo, como la transformación de contratos temporales en indefinidos o la contratación de nuevos trabajadores.
La situación actual no obstante podría cambiar ante la nueva propuesta sobre la mesa. "Estamos ahora negociando, se trata de favorecer la prolongación de la vida laboral más allá de la edad legal de jubilación, que este año se sitúa en los 66 años, si el trabajador no ha podido retirarse a los 65 años porque no tenía todo el periodo de cotización exigido", explican desde CCOO (@CCOO). Por su parte UGT (@UGT_Comunica), recuerda que su prioridad en este tema es que no se pierdan puestos de trabajo.
Cómo avanza la negociación
Ante la oposición empresarial a eliminar estas cláusulas, lo que se pretende ahora es establecer una vinculación más directa entre la cláusula de jubilación forzosa y la estabilidad en el empleo, como querían los sindicatos, obligando a las empresas a contratar como mínimo a un trabajador por cada persona que se jubile forzosamente con 68 años o más si cumple los requisitos legales y estableciendo además que el contrato debe ser fijo.
Para los que, en virtud de su convenio, se jubilen forzosamente al cumplir la edad legal de retiro (65 años ó 66 años en 2021 dependiendo de su carrera de cotización y 67 años a partir de 2027) y tengan derecho al 100% de la pensión, se baraja que esa contratación indefinida obligatoria se realice con mujeres y en aquellas actividades económicas donde están subrepresentadas.
Una cláusula fantasma que volvió en 2018
La reforma laboral que el PP llevó a cabo en 2012 eliminó las cláusulas de jubilación forzosa, aunque éstas volvieron a incluirse en la legislación laboral mediante un Real Decreto aprobado en diciembre de 2018 por el Gobierno de Pedro Sánchez. De acuerdo con la estadística de convenios colectivos que elabora el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en 2019 se firmaron 130 convenios que recogían cláusulas de jubilación forzosa, el 11,5% del total de los convenios suscritos en dicho ejercicio.
Esos convenios afectaban a 715.916 trabajadores, el 29,1% del total. De esas 130 cláusulas de 2019, la mayoría, 95, se incluyeron en convenios de empresa, con efectos sobre el 43% de los trabajadores con convenio de empresa, en tanto que 35 formaban parte de convenios sectoriales, que daban amparo a 634.066 trabajadores.
Durante la pandemia se han firmado casi 100 convenios
Por su parte, en 2020, año de pandemia, se firmaron 75 convenios con cláusulas de jubilación forzosa, con efectos sobre 406.672 trabajadores, de los que 372.669 estaban en convenios sectoriales y 34.003 en convenios de empresa. Estas cifras suponen que, de los 75 convenios suscritos el año pasado que contenían esa apelación a la jubilación forzosa, un tercio de los de trabajadores con convenio de empresa tenían una cláusula de esa naturaleza. En el caso de los trabajadores con convenio sectorial, el 44,7% se veía afectado por dicha cláusula.
Ahora bien, no siempre todas las medidas relativas a la jubilación forzosa contempladas en los convenios se contabilizan dentro su propio apartado, pues a veces pueden aparecer en la parte relacionada con las cláusulas de empleo y no de jubilación. En todo caso, fuentes sindicales señalan que en el caso de la jubilación forzosa, no se pregunta y la estadística no aporta qué numero de convenios recogen cláusulas de mantenimiento del empleo tras una jubilación forzosa.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.