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Futuro de las pensiones
Las 8 razones de Escrivá para no despenalizar las jubilaciones anticipadas con largas carreras
Presenta el informe exigido por el Pacto de Toledo sobre los coeficientes reductores
Casi sobre la bocina y por sorpresa, finalmente, el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social ha entregado en el Congreso de los Diputados el muy esperado informe sobre las largas carreras de cotización, que le reclamaba el Pacto de Toledo y donde se estudia el impacto presupuestario de una eventual despenalización de jubilaciones anticipadas con más de 40 años cotizados.
El documento, titulado Informe sobre el acceso a la pensión de jubilación anticipada para trabajadores con carreras de cotización largas, ha quedado registrado en la Secretaría General del Congreso con fecha del viernes 30 de julio, a las 18:39 horas, según el texto al que ha tenido acceso este periódico. El propio Ministerio de Seguridad Social, que comanda el ministro José Luis Escrivá, ha confirmado a 65Ymás que el citado informe se envió el viernes a través del Ministerio de Presidencia y Relaciones con las Cortes.
Tras su registro en el Congreso de los Diputados, corresponde ahora a la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo estudiar las cifras, consideraciones y conclusiones que plantea el departamento de Escrivá, con vistas a solucionar (total o parcialmente) una de las grandes reivindicaciones del colectivo representado por Asjubi40 (@asjubi40), Asociación Jubilación Anticipada sin Penalizar, que es la principal asociación que reclamaba este estudio y que lucha para lograr que, con 40 años o más cotizados, se pueda acceder al 100% de la pensión, independientemente de la edad que tenga el trabajador, ya se trate de una jubilación anticipada voluntaria, o forzosa.
En el informe, el Ministerio cuantifica que "la eliminación de los coeficientes reductores a quienes hoy ostentan la condición de pensionista de jubilación anticipada supondría un incremento del gasto anual de 2.745 millones de euros en 2021. Y considerando la evolución de este colectivo en función de sus probabilidades de supervivencia, la medida implicaría aumentar el compromiso de gasto futuro (valor presente actuarial) en estas pensiones en 44.345 millones de euros", según el documento al que ha accedido este periódico.
El estudio realizado por Escrivá sostiene que, además, si la pensión no sufriera merma alguna con el anticipo de la edad de jubilación, es previsible que estas cifras se vieran ampliamente superadas en años venideros, pues es lógico pensar que el número de trabajadores que se jubilarían antes de su edad ordinaria experimentaría un crecimiento considerable con el consiguiente aumento del gasto todos los años. En este sentido, ya en la actualidad el número de personas trabajadoras entre 55 y 63 años con 40 o más años cotizados asciende a más de 800.000, con la posibilidad cierta de que un número mayor de ellas alcancen ese umbral de cotización teniendo en cuenta su edad actual y que también hay que computar los periodos que por diversas circunstancias se consideran como cotizados en el momento de cálculo de la pensión.
En su apartado de conclusiones, se ofrecen hasta ocho razones para no despenalizar las jubilaciones anticipadas para trabajadores con largas carreras de cotización:
1) La edad de acceso a la jubilación, junto a la cotización acumulada a lo largo de la vida profesional, constituyen las piezas esenciales de la regulación de la pensión en nuestro ordenamiento jurídico. En un sistema de reparto como el español, ambos elementos son esenciales para garantizar el equilibrio y la equidad del sistema de Seguridad Social de acuerdo con un doble principio rector de contributividad y de solidaridad intergeneracional.
2) La aplicación de coeficientes reductores en la determinación de la cuantía de la pensión de aquellos pensionistas que adelantan el acceso a la jubilación respecto a la edad ordinaria es una previsión común en los sistemas de pensiones de reparto del entorno europeo de referencia. No es, por tanto, una singularidad del modelo español. El número de años requerido exige para acceder a esta modalidad de jubilación es superior al que se exige en nuestro país.
3) Su introducción responde a una triple lógica de equidad, adecuación y sostenibilidad que se vería seriamente perjudicada si tales coeficientes se eliminaran, al generar importantes diferencias en el valor de la pensión de personas trabajadoras con similares esfuerzos contributivos. Los datos muestran que la aplicación de coeficientes reductores mejora la equidad del sistema al prevenir la desigualdad en las condiciones de acceso que se produciría si a dos trabajadores que han cotizado lo mismo se les concediera el mismo importe de pensión, aunque uno de ellos se haya jubilado antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación. De ahí que sea lógico que un adelanto de la edad de acceso a la jubilación tenga algún reflejo en la cuantía de la pensión, porque va a percibirse durante un periodo más prolongado, de igual forma que un retraso en la misma conlleva una mejora en la cuantía por inversa razón.
4) Además de esta consideración de equidad, es muy importante el impacto en términos de sostenibilidad. El coste financiero “estático” de eliminar los coeficientes reductores incrementaría el gasto anual en pensiones en más de 2.700 millones de euros con el consiguiente aumento de los compromisos de gasto futuro (valor presente actuarial) en 44.345 millones de euros. En realidad, el coste en términos de sostenibilidad para el sistema sería aún mayor y de naturaleza dinámica, pues la medida provocaría previsiblemente un crecimiento muy significativo de las jubilaciones anticipadas con las implicaciones que ello tiene para la Seguridad Social y para la estrategia de reformas que ahora se impulsan en el marco del Pacto de Toledo con el fin de garantizar las pensiones de los jubilados actuales y de las generaciones futuras comprometiendo la sostenibilidad del sistema. No se puede ignorar que la eliminación del IRP (índice de revalorización de pensiones) y la garantía de mantenimiento del poder adquisitivo ha beneficiado a todos los pensionistas.
5) La jubilación anticipada es una modalidad a la que recurren mayoritariamente los hombres, de forma aún más acusada que en los supuestos de jubilación ordinaria: menos del 30 por 100 de las pensiones de jubilación anticipada son percibidas por mujeres, cuando este porcentaje alcanza el 40 por 100 si se toma en consideración el conjunto de jubilaciones. Aquel porcentaje se reduce aún más (23 por 100) si solo consideramos las jubilaciones anticipadas con carreras de cotización de 40 o más años, lo que pone de manifiesto las persistentes dificultades de acceso y permanencia en el mercado de trabajo de las mujeres.
6) Un 55 por 100 de las carreras de cotización en el momento de acceso a la pensión de jubilación alcanza o supera los 40 años. No son, por tanto, situaciones excepcionales, algo que se corrobora en el análisis comparado de los países de la Unión Europea, como antes se mencionaba.
7) Sin perjuicio de lo anterior, y como reconocimiento del importante esfuerzo contributivo realizado, nuestro ordenamiento ofrece ya un tratamiento más favorable a las carreras más prolongadas a través de la modulación de los coeficientes reductores en los supuestos de jubilación anticipada, de la previsión de una jubilación ordinaria a los 65 años o el establecimiento de mejoras adicionales de la pensión por la prolongación de la vida laboral. En esta línea se sitúan, en España y en el ámbito europeo, las políticas dirigidas a lograr una progresiva alineación de las edades efectiva y ordinaria de jubilación.
8) Prueba de ello es el contenido del Acuerdo para la garantía del poder adquisitivo de las pensiones y otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, suscrito por el Gobierno con los interlocutores sociales el pasado 1 de julio. En él se recoge un conjunto de medidas con el objetivo de incentivar la prolongación de las carreras de cotización preservando la equidad del sistema. Entre ellas se incluye la revisión de los coeficientes reductores aplicables en los supuestos de jubilación anticipada mejorando especialmente el tratamiento de las carreras de cotización más largas.
Asjubi40: "Nosotros somos una carga, ¿y las clases pasivas no?"
Para la Asociación Jubilación Anticipada sin Penalizar con 40 o más años cotizados, Asjubi40, el contenido del informe adelantado por este diario es "injustificable, no es el estudio que pidió el Pacto de Toledo, sino todo lo contrario, es un informe en el que el ministro Escrivá trata de demostrar que eliminar las penalizaciones a los jubilados anticipados con largas carreras supone una carga de gasto extra para el Estado, aunque hayamos cotizado hasta 45-47 años", denuncia Santiago Menchero (@PARLALAGUNA), portavoz de Asjubi40.
"Nosotros, con más de 40 años cotizados, somos una carga porque nos hemos jubilado antes de la edad legal, aunque la mayoría nos vimos obligados a hacerlo por estar en paro de larga duración o haber sufrido el despido; en cambio, los funcionarios de las clases pasivas pueden seguir jubilándose a los 60 años sin que les quiten un euro de su pensión. Esto es injusto y discriminatorio", argumenta Menchero.
La asociación advierte de que continúa en la lucha y que no aceptan el "capotazo que nos quiere dar Escrivá". También anuncia que van a exigir a los sindicatos y a los portavoces del Pacto de Toledo que "le den la vuelta al informe del ministro" y que se negocie de verdad la supresión de los coeficientes reductores al retiro anticipado con 40 años o más de contribuciones a la Seguridad Social. "Es de justicia que, al menos, se nos levanten las penalizaciones al cumplir la edad ordinaria de jubilación, porque ahora sufrimos un recorte de pensión eterno que es inhumano", en palabras del portavoz de Asjubi40.