Los autónomos comenzarán 2023 estrenando un nuevo sistema de cotización, ideado por el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, y acordado con los sindicatos UGT y CCOO, así como con las organizaciones de autónomos ATA, UPTA y Uatae, más las patronales CEOE y Cepyme, que obligará a los trabajadores por cuenta propia a cotizar según los rendimientos netos que prevean y declaren; unos ingresos que los situarán en uno de los 15 tramos con sus respectivas bases de cotización y sus consiguientes cuotas mensuales.
Según precisó el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ante el Pacto de Toledo, la mayor parte del colectivo tendrá acceso a las cuotas más bajas del nuevo sistema de tramos, con reducciones de hasta más de 1.000 euros al año, un 30% por debajo del nivel actual. El Ministerio sostiene que tres de cada cuatro autónomos pagarán cuotas iguales o más bajas que las actuales, y que solo el 25% pasará a pagar más desde 2023.
La realidad inmediata es que, desde el 1 de enero de 2023, al ponerse en marcha el nuevo RETA, desaparece la posibilidad de elegir libremente una base de cotización sin importar los ingresos anuales, puesto que en cada uno de los 15 tramos de rendimientos netos existe una base mínima y una máxima. Esto significa que el autónomo puede cotizar en 2023 por una base superior a la mínima de su tramo, pero sin superar la máxima en ese tramode ingresos.
Ahora bien, el Gobierno ha abierto una vía de escape temporal en 2022, para que aquellos profesionales que lo deseen puedan incrementar su cotización, ya que, como excepción, permitirá seguir sobrecotizando a quienes lo estén haciendo el 31 de diciembre de 2022, aunque sus rendimientos netos en 2023, 2024, 2025 y en adelante, no les otorguen el derecho a cotizar por esa mayor base.
Así lo establece el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, publicado en el BOE: "La disposición transitoria sexta permite a los trabajadores autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos, mantener dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior".
Con esta disposición transitoria, el Ministerio pretende paliar posibles perjuicios del nuevo RETA para algunos de los autónomos actuales, en particular a los de mayor edad, a quienes la inminente limitación de las bases de cotización en función de sus rendimientos netos podría impactar de modo negativo. De ahí que haya decidido respetar las bases de cotización superiores (no vinculadas a sus rendimientos netos) que los autónomos tengan a fecha 31 de diciembre de 2022.
Hasta 2022 se ha podido 'sobrecotizar' libremente
En los últimos años, incluido 2022, los autónomos han tenido la libertad para sobrecotizar, de cara a mejorar su pensión. Una práctica a la que recurrían trabajadores por cuenta propia con recursos económicos, por lo general en los 10-15 años previos a la jubilación, y que consistía en aumentar de manera voluntaria (y a menudo sustancial) su base de cotización, antes de llegar a los 47 años de edad, ya que a partir de ese momento, la elección de una base superior estaba topada.
En virtud del nuevo sistema de cotización, que hay que recordar que estará en vigor el próximo 1 de enero, esta liberalidad de escoger a voluntad, y sin apenas requisitos, una base de cotización se acaba con las campanadas de Nochevieja.
ATA: "Fin altope que existía a los 47 años"
Tal como explicaba recientemente a 65YMÁS Celia Ferrero (@cferreroromero), vicepresidenta de ATA, "todos aquellos autónomos que antes del 1 de enero de 2023 (fecha en la que entra en vigor el nuevo sistema) estén cotizando por bases superiores, podrán seguir cotizando en el nuevo régimen por tramos superiores a los que corresponden a sus rendimientos, con lo cual podrán mejorar aún más su prestación y su jubilación dentro de ese sistema de tramos".
Ferrero detalla además que en el nuevo RETA "se elimina el tope que hoy existe a los 47 años para aquellos autónomos que no viniesen cotizando por bases superiores y que quisieran a los 47 años o después subirse la base. Muchos autónomos no son conscientes de que existe este tope y hay que tener en cuenta que aproximadamente el 50% de todos los autónomos tiene más de 50 años, con lo cual, el hecho de que vayan a cotizar por rendimientos netos, unido a que muchos de ellos querrán seguir cotizando por bases superiores, esto les permitirá hacerlo y mejorar la pensión".
La vicepresidenta de ATA recuerda que hoy en día, esa base está topada en 2.055 euros, con lo cual el destope y su vinculación a los rendimientos desde 2023 puede aumentar los ingresos de la Seguridad Social, la sostenibilidad del sistema, pero al mismo tiempo puede aumentar la protección de cara a la pensión de jubilación de muchos autónomos que hoy están limitados para ello.
15 tramos para cotizar por rendimientos netos
El nuevoRETA se pone en marcha en 2023, mediante un sistema de 15 tramos de rendimientos netos, cada uno con unas bases de cotización mínima y máxima (ver tabla inferior):
Fuente: BOE
Por su parte, las cuotas mensuales a pagar en 2023 irán desde los 230 euros (quienes tengan rendimientos netos inferiores o iguales a 670 euros), hasta 500 euros mínimos al mes (para quienes presenten más de 6.000 euros de rendimientos netos).
Fuente: Seguridad Social
Llegado el año 2024, los autónomos pagarán como mínimo una cuota de 225 euros mensuales, si sus rendimientos netos son iguales o inferiores a los 670 euros. Y tendrán por lo menos una cuota máxima de 530 euros quienes superen los 6.000 euros.
La cuota mínima en 2025 será de 200 euros para autónomos del primer tramo, y 590 euros que, como mínimo, pagarán aquellos que declaren rendimientos netos por encima de 6.000 euros mensuales.
Se puede cambiar la cotización cada dos meses
Así funcionará el nuevo RETA desde el 1 de enero de 2023, según la última reforma:
- A comienzos de cada año, o en el momento de darse de alta como autónomo, cada persona comunicará la previsión de rendimientos netos que espera para ese año, o en su defecto, para los próximos dos meses.
- Cada dos meses, el autónomo podrá modificar la cuota mensual que paga, para ajustarla a los rendimientos que vaya obteniendo a lo largo del año. La ley le permite modificar dicha base hasta seis veces en cada ejercicio económico.
- Con la declaración de la Renta llegará la regularización. En 2024, y en función de los rendimientos netos anuales que faciliten la Agencia Tributaria y las Haciendas Forales, la Seguridad Social regularizará las cuotas de cada autónomo, ya que puede darse el caso de que los rendimientos que le consten a Hacienda sean superiores o inferiores a los previstos en las cotizaciones a la Seguridad Social.
- No habrá penalización por equivocarse en la cuota. Si al casar los datos de Hacienda y Seguridad Social resultara que el autónomo ha cotizado por encima de sus rendimientos netos anuales, la Administración le devolverá ese importe. Y si hubiera cotizado de menos, deberá pagar la diferencia; sin coste ni penalización alguna, según recalcan fuentes del Ministerio.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).