En el momento de alquilar tu propiedad, sabes que puedes enfrentarte a una serie de inconvenientes. Si bien todo puede ir muy bien, existen otros inquilinos que no cumplen con determinados acuerdos o que no cuidan los bienes de la casa.
Uno de esos inconvenientes es la falta de pago de la luz o de algún otro suministro. Este es un problema muy común al que se enfrentan muchos propietarios de casas en alquiler. Esta situación suele generar muchos desacuerdos entre el dueño de la propiedad y el inquilino.
Muchos nos preguntamos, ¿quién debe pagar los suministros de la casa? El artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) indica que “los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario”. Es decir, el inquilino es el encargado de realizar estos pagos.
Sin embargo, la ley también contempla que ambas partes pueden pactar quién es el que paga cada gasto, siempre que esto sea señalado en el contrato de alquiler. Lo habitual es que el arrendatario asuma los gastos de los suministros, mientras que el arrendador se encargue del IBI y la cuota de la comunidad.
Si el propietario del piso es el titular en el contrato de los suministros, este está obligado a realizar los pagos correspondientes a cada compañía. En la mayoría de los casos en los que se da esta situación, el propietario le envía las facturas al inquilino, y este se las paga. Esto debe haber sido pactado previamente.
¿Y si el inquilino no quiere pagar?
En caso el arrendatario no quiera pagar las facturas de los suministros, el dueño de la propiedad debe seguir haciéndolo, pues está en su obligación. No obstante, el dueño tiene la posibilidad de presentar una demanda de desalojo por falta de pago de servicios contra el inquilino.
Si el dueño elige no cubrir estos gastos y, como resultado, la empresa de suministros interrumpe el servicio, podría surgir un grave inconveniente para él, especialmente si ya ha presentado una demanda de desalojo por impago o planea hacerlo pronto.
Esto sucede porque si la demanda está en curso y la empresa de suministros corta el servicio, el inquilino podría acusar al propietario de que la vivienda se ha vuelto inhabitable o que se le está forzando a abandonarla rápidamente. Es por eso por lo que no es recomendable cortar los suministros de la propiedad.
En caso el inquilino sea el que figura como titular en los contratos, la responsabilidad de los pagos recaería inmediatamente sobre él. Por lo tanto, si incumple en el pago de las facturas, la compañía puede cortarle el servicio e iniciar acciones legales en caso sea necesario.
Sobre el autor:
Stefano Traverso
Stefano Traverso es licenciado en Ciencias de la Comunicación en la USMP de Perú; con un máster en Marketing Digital & E-commerce en EAE Business School de Barcelona. Ha trabajado en diferentes medios de comunicación en Perú, especializándose en deporte, cultura y turismo.