Pese al temor de que con la entrada en vigor de la nueva reforma de la PVPC en 2024 para "personas físicas y microempresas" quedasen excluidas las comunidades de vecinos, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (@CNMC_ES) ha aclarado que aquellas que no estén conectadas a una tensión superior a 1 kilovoltio (kV) y que tengan una potencia contratada menor o igual a 10 kilovatios (kW) podrán seguir beneficiándose de la tarifa regulada de la electricidad, que se estima más barata que las del mercado libre.
Así, según una consulta publicada por la CNMC, la referencia a 'personas físicas' de la nueva forma de cálculo que pretende evitar que haya subidas y bajadas bruscas, aplica también a las comunidades de vecinos. Esto se debe a que éstas "se proyectan sobre los elementos comunes asociados indisociablemente a las viviendas" de cada consumidor. La comercializadora acreditará que se trata de una comunidad de vecinos con su CIF o código de identificación fiscal, específico para las que están en régimen de propiedad horizontal y que comienza con la clave 'H'. De este modo, no tendrán que realizar ninguna actuacióncuando finalice el contrato para continuar con la tarifa PVPC.
Medida aplaudida por las asociaciones de consumidores
La posible exclusión había generado un intenso debate en las últimas semanas. Por eso, la Asociación de Consumidores y Usiarios (@consumidores) celebra la decisión de la CNMC de permitir que las comunidades de vecinos puedan seguir contratando la PVPC. "Es una noticia muy buena, pues la tarifa regulada es una propuesta con precios transparentes y normalmente ajustados, aunque no sea siempre la más barata, y resulta atractiva para las comunidades de propietarios que pueden así despreocuparse de revisiones de precios en el mercado libre"
En la OCU considerábamos que se debía mantener derecho de las comunidades a contratar el PVPC, que aporta transparencia y evita precios abusivos", señalan en un comunicado. Y es que según cálculos de la la asociación, con el contrato al mercado libre, la tarifa regulada de las comunidades tendría un recargo del 20% en el término fijo y en el consumo.
Sin TUR de gas para la calefacción central
La OCU lamenta sin embargo,, que no se haya producido de momento la prórroga de la nueva tarifa regulada del gas (TUR) para comunidades de propietarios. "Si no hay un decreto de última hora, se dejará de poder aplicar a partir del 1 de enero de 2024, en plena campaña de invierno. Con esto, más de 5.000 comunidades de propietarios (y sus correspondientes vecinos) dejarán de beneficiarse de un ahorro importante porque la TUR sigue siendo la tarifa más barata, más que cualquier otra del mercado libre"
Así que, salvo que el Gobierno acuerde a última hora ampliar el derecho a contratar la TUR más allá de este año, las comunidades deben buscar y contratar una tarifa libre. Si no lo hacen, les van a aplicar un recargo del 20% en su factura sobre la tarifa de referencia (mercado mayorista Mibgas de gas). Si no ves movimientos en ese sentido en tu comunidad, recuérdaselo al Administrador de la finca.
Además estos cambios se deben hacer rápido, ya que, en los suministros de gas, la comercializadora regulada solo debe mantener durante un mes el suministro a quienes no tengan derecho a la TUR, la tarifa regulada.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.