En España, la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) establece que no existe un límite de edad para seguir conduciendoy señala que esta capacidad "no depende de la edad, sino del estado de las capacidades y aptitudes del conductor", según informa la agencia Europa Press.
Sin embargo, a partir de los 65 años, se introduce un cambio significativo en el proceso de renovación del permiso de conducir: el periodo de vigencia se reduce, con el objetivo de garantizar que las capacidades necesarias para manejar un vehículo se mantienen intactas.
En este sentido, los reconocimientos médicos periódicos se convierten en un pilar esencial para garantizar la seguridad vial, tanto para los propios conductores como para el resto de usuarios de la carretera.
Cambios a partir de los 65 años
Hasta los 65 años, los permisos de conducción de motocicletas, coches y ciclomotores (AM, A1, A2, A, B y licencias de conducción) deben renovarse cada diez años. Sin embargo, a partir de esta edad, la periodicidad se reduce a cinco años para garantizar una revisión médica más frecuente.
Para los conductores con permisos profesionales, como los de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1, entre otros), el periodo de renovación se reduce aún más: tres años.
El proceso de renovación incluye un reconocimiento médico obligatorio que evalúa las capacidades físicas y psicológicas del conductor. Según detalla la DGT, los criterios evaluados son los mismos independientemente de la edad. Sin embargo, si se detecta una enfermedad o deficiencia que podría agravarse con el tiempo, el periodo de validez del permiso puede reducirse aún más, y en este caso, también se ajustará la tasa que debe pagarse.
Sobre el autor:
Raúl Arias
Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.