Lidia Lozano
Motor
Las infracciones más comunes por las que la DGT ya no te podrá multar
No llevar la documentación o gafas de repuesto
Las normas de tráfico se han ido modificando a medida que han ido cambiando las costumbres y los modos de vida. Por ejemplo, ahora llevar el móvil en la mano supone una multa y antes no.
Pero también ha habido comportamiento que antes se multaban y ahora ya no. Conducir sin la documentación personal ya no es cuestión de sanción, puesto que la Guardia Civil tiene acceso a esa información y no es necesario llevarla contigo. Antes, la multa por no llevar documentación no bajaba de los 200 euros, sin embargo, con la posibilidad de digitalizar el permiso de conducir en la aplicación de la DGT, ya no hay excusa para no llevarlo encima.
Gafas de repuesto y gafas de sol
Tampoco se sancionará por no llevar unas gafas de repuesto en el vehículo. Esto no es obligatorio desde 1977, aunque sí recomendable, al igual que portar gafas de sol. Si no se tenía unas gafas de repuesto en la guantera, la multa podía ser de 200 euros. Asimismo, si en el permiso se especifica que se debe utilizar algún tipo de material ocular y el conductor no lo lleva, la multa asciende a 300 euros.
Las recomendaciones, eso sí, siguen en pie. El sol puede ser un mal acompañante en algunos momentos del día como el amanecer o el atardecer y puede dificultar la visibilidad. Además, está prohibido conducir con las pupilas dilatadas.
Ni luces de repuesto ni póliza
Ya no es necesario -desde 2010- que el vehículo lleve un juego de lámparas de repuesto. Sustituir una bombilla en el arcén puede resultar muy difícil y peligroso, por lo que es preferible esperar a detenerse en un lugar en el que no circulen coches. Igualmente, la gran mayoría de coches tiene luces LED, por lo que resulta un sinsentido llevar luces de repuesto para faros xenón casi extintos.
A parte de tener acceso a la información personal, los agentes de Tráfico también pueden acceder al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados para comprobar la póliza. Por tanto, no es obligatorio llevar en el coche ni siquiera un recibo. Así como tampoco es necesario tener el recibo de impuesto de circulación municipal, pues también está digitalizado.