Movilidad

La DGT podría multarte con hasta 6.000 euros si llevas esto en el coche

Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 13 de diciembre de 2023

3 minutos

El titular del vehículo no es el único que tendrá que hacer frente al pago de la multa

La DGT podría multarte con hasta 6.000 euros si llevas esto en el coche
Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 13 de diciembre de 2023

3 minutos

La Dirección General de Tráfico (DGT) clasifica las multas en leves, graves y muy graves, y cada una de ellas tiene una sanción diferente. Como es lógico, a mayor gravedad, mayor es la cantidad de dinero que hay que pagar por la infracción.

En este sentido, el Codificado de Sanciones de Tráfico establece una sanción económica de hasta 6.000 euros si el vehículo lleva instalado un sistema que "interfiera en el correcto funcionamiento de los sistemas de Tráfico". Los dos sistemas más comunes son los inhibidores de radar (los avisadores de radar sí que están permitidos porque funcionan con la información pública de la DGT) y los sistemas de ocultación de matrícula

Llevar instalados estos sistemas o uno de ellos, además de ser considerada una infracción muy grave, no es compatible con la reducción que se aplica a las multas que se pagan en los 20 días posteriores al recibir la notificación. 

Ahora bien, si se recibe una multa por este motivo, y no viene detallado el tipo de mecanismo, modelo y color, se podrá recurrir

Otra curiosidad de estas multas es que el titular del vehículo no es el único que tendrá que hacer frente al pago económico, y el taller que haya instalado dicho sistema también tendrá que pagar 3.000 euros

 

Las infracciones por las que la DGT ya no puede multarte

Las infracciones por las que ya no pueden multarte

Con el paso de los años el organismo ha ido revisando las diferentes multas y sanciones, eliminando alguna de ellas. Son las siguientes:

Una de las primeras infracciones que ya han dejado de serlo es la obligatoriedad de llevar el carnet de conducir físicamente, siempre y cuando el conductor tenga descargada la aplicación 'MiDGT', donde se pueden acceder a los datos del conductor. 

Y lo mismo ocurre con el DNI, ya que los agentes de tráfico pueden acceder la información que necesiten sin tener el documento en ese momento. De esta forma, los usuarios se ahorran los 200 euros que antes había que pagar.

Otro de los documentos físicos que no es necesario llevar más en el vehículo es el seguro, la póliza o el recibo de estar al corriente de pago. A día de hoy, la Guardia Civil tienen la información en el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados, y así pueden verificar que todo está en orden.

En el caso de los conductores que necesiten gafas graduadas para conducir, tampoco tienen que hacer frente a los 200 euros de multa que hasta el año 1997 tenían que pagar, si no llevaban unas de repuesto. Aunque eso sí, si en el carnet se especifica que el conductor las necesita, los agentes pueden verificarlo, y en caso de no llevar ni gafas ni lentillas, se podrá sancionar.

Y por último, tampoco es necesario llevar luces de repuesto en el vehículo.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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