Movilidad

La multa que te puede poner la DGT por llevar las luces encendidas de día

Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 30 de enero de 2024

3 minutos

Afecta tanto a conductores como ciclistas

La multa que te puede poner la DGT por llevar las luces encendidas de día
Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 30 de enero de 2024

3 minutos

La Dirección General de Tráfico (DGT) clasifica las multas en leves, graves y muy graves, y cada una de ellas tiene una sanción diferente. Las primeras pueden alcanzar los 100 euros, las siguientes los 200 y las últimas pueden llegar hasta los 500 euros de sanción.

El uso incorrecto de las luces conlleva una de estas infracciones porque, según recoge el artículo 43 de la Ley de Seguridad Vial, “los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol deben llevar encendido el alumbrado que corresponda”, y también deberán saber cuando no utilizarlas.

Por ejemplo, en el caso de las antinieblas o las luces de largo alcance, no deberán usarse si las condiciones meteorológicas son buenas, ya que podría afectar de manera negativa en el resto de usuarios de la vía. De hecho, de hacer un uso inadecuado, el conductor será sancionado con una multa de 100 euros, al considerarse infracción leve.

Por otro lado, las luces cortas deberán estar encendidas cuando haya niebla, nieve, o lluvias intensas, asimismo si se circula en motocicleta, o la multa será de 200 euros.

También está castigado con 200 euros llevar las luces del vehículo fundidas, independientemente de cuál de las luces esté afectada.

También se multa a los ciclistas

El aviso de la DGT para circular con tu bicicleta y evitar una multa

Los ciclistas tampoco se libran de las sanciones por circular sin las luces adecuadas. En concreto, se podrá recibir una notificación de tráfico con una multa de 200 euros para todos aquellos que no lleven las luces obligatorias.

Ante todo, las luces deben estar homologadas por la Unión Europea, ya deben cumplir con un requisito imprescindible: poder verse a más de 300 metros, y que su intensidad luminosa sea de entre 4 y 60 candelas en la parte delantera y entre 1 y 12 en la trasera.

Dicho esto, las luces obligatorias que deben llevar las bicicletas son:

  • Luz delantera: fija y blanca
  • Luz trasera: fija y roja
  • Catadióptrico trasero: de color rojo y no triangular

Otro de los aspectos a tener en cuenta es que, aunque no sean luces como tal, también es obligatorio llevar ropa reflectante para que sea más fácil visualizar a los ciclistas, especialmente en las vías urbanas donde conviven con otros vehículos y medios de transporte público.

Evidentemente, y al igual que ocurre con las luces de los coches, no tienen que ir encendidas todo el tiempo, aunque la DGT recomienda que sí por un tema de visibilidad. En concreto, según el reglamento, las luces son obligatorias en la puesta y salida del sol, en los túneles (a cualquier hora) y cuando las condiciones meteorológicas sean adversas y disminuyan la visibilidad.

Además, la DGT explica que se pueden añadir "catadióptricos amarillo auto en los radios de las ruedas", y poner dos en cada pedal.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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