Movilidad

Novedades en los radares de la DGT: esta es la nueva velocidad a la que saltan

Laura Moro

Foto: Bigstock

Jueves 9 de mayo de 2024

3 minutos

Actualmente, en España hay 2.820 radares

Novedades en los radares de la DGT: esta es la nueva velocidad a la que saltan
Laura Moro

Foto: Bigstock

Jueves 9 de mayo de 2024

3 minutos

Los radares son los sistemas que utiliza la Dirección General de Tráfico (DGT) para detectar los excesos de velocidad de los vehículos y multar a los conductores por no respetar los límites establecidos. 

Según el II Observatorio de Radares de España elaborado por la empresa de asistencia al conductor Coyote, que se publicó en 2023, en España hay 2.820 radares, de los cuales 2.010 son fijos, 400 son de semáforo, 167 son de tramo y 243 son de cinturón y móvil.

Las cámaras de los radares graban de manera continua la circulación, y son capaces de identificar la matrícula de cada vehículo a la entrada y salida del tramo, y calcula la velocidad media del mismo, para comprobar si se están cumpliendo o no con las normas de circulación, y poner la sanción correspondiente.

"Es un delito conducir con exceso de velocidad superior a la establecida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas. En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones. El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite", indica la DGT en su página web.

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Hasta ahora, para que un radar detectase que el conductor había rebasado el límite establecido, el margen del error era el siguiente:

  • Radares fijos y de tramo: un máximo de 5 km/h en velocidades inferiores a los 100 km/h y para las superiores a 100 km/h el margen de error era del 5%.
  • Radares móviles: un margen de 7 km/h cuando la velocidad no supera los 100 km/h, y del 7%, cuando la superasen.

Nuevos márgenes de error

Estos parámetros que acabamos de mencionar ya no se aplicarán, ya que una orden ministerial publicada en el BOE ha ajustado estos márgenes de error, haciéndolos más estrictos. De esta forma, a partir de ahora el margen para los radares fijos será el siguiente:

  • Si no se superan los 100 km/h es de 3 km/h.
  • Por encima de esos 100 km/h será del 3%.

En el caso de los radares móviles, el margen de error máximo en velocidades iguales o inferiores a los 100 km/h es de 5km/h, y del 5%, en los tramos que se pueda circular a más de 100 km/h. Esto se traduce que en una vía de 50 km/h, ahora se nos multaría al rebasar los 55 km/h.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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