La Dirección General de Tráfico (DGT) clasifica las multas en leves, graves y muy graves, y cada una de ellas tiene una sanción diferente. Las primeras pueden alcanzar los 100 euros, las siguientes los 200 y las últimas pueden llegar hasta los 500 euros de sanción.
Una de las acciones que pueden hacer que recibamos una notificación en nuestra casa es no utilizar correctamente los intermitentes. En concreto, la DGT establece que deben usarse en los giros y cambios de sentido, en los avances y cambios de carril, al salir de las glorietas, en incorporaciones, al parar o estacionar y siempre que lo considere oportuno para que los demás conductores puedan predecir sus actos.
A pesar de que esta señalización es muy importante para evitar accidentes y peligros en la carretera, "solamente el 33% de los vehículos ligeros señaliza la maniobra de adelantamiento y el regreso al carril de origen", asegura el informe Observatorio sobre el comportamiento de los conductores 2022, elaborado por Autopistas.
Esta señalización debe aplicarse en cualquier tipo de vía, y en caso de no hacerlo, el Reglamento General de Circulación establece que de no hacer uso de estas luces supone una multa económica de 200 euros. Y en caso de no señalizar correctamente o no hacerlo con antelación suficiente, la sanción es de 80 euros.
Cómo pagar las multas de la DGT
Desde que notifican una multa de tráfico, el conductor tiene 20 días naturales para pagar o recurrir la infracción. En caso de que optemos por la primera opción, existen sanciones que si se pagan dentro de este plazo, el infractor cuenta con una reducción del 50% por pagar pronto. Si se acepta el descuento, se renuncia a recurrir la multa.
Esta ayuda se aplica a todas las infracciones leyes y graves que se castigan con hasta 100 euros. No obstante, la ley de tráfico no reconoce este descuento para todas las multas.
En concreto, no se aplicará en diez de las 26 infracciones muy graves que al cometerlas el conductor está obligado a pagar de entre 500 y 20.000 euros.
Hay que matizar que de estas diez multas, solo 4 de ellas afectan a los propietarios de vehículos, las otras seis afectan a las empresas que se encargan del mantenimiento de las carreteras o autoescuelas.
En este sentido, las cuatro infracciones que a las que no se aplican el descuento del 50% son:
- Instalar en el vehículo inhibidores de radares o cinemómetros. La multa asciende a 500 euros y una pérdida de tres puntos del carnet de conducir, para los detectores, y de hasta 3.000 euros para los inhibidores.
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Conducir con el inhibidor mencionado anteriormente, o llevar cualquier mecanismo que pueda interferir con los sistemas de vigilancia de tráfico.
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Causar daños en la infraestructura de la vía o en las señales de tráfico. La multa también asciende a 3.000 euros.
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Imposibilidad de identificar al conductor al no contestar a un requerimiento puede suponer una infracción de 1.500 euros. Tampoco se aplicará el descuento, si la multa la recibe el titular del vehículo, pero él no ha cometido la infracción.