Economía

El permiso por paternidad se amplía a 8 semanas en 2019 y progresivamente a 16 en 2021

65ymás

Viernes 1 de marzo de 2019

ACTUALIZADO : Viernes 1 de marzo de 2019 a las 17:23 H

2 minutos

Aprobado el Real Decreto-Ley para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo

El permiso por paternidad se amplía a 8 semanas en 2019 y progresivamente a 16 en 2021
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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación, en el que finalmente se incluye la ampliación del permiso por paternidad a ocho semanas en 2019, 12 en 2020 y 16 en 2021, equiparándolo así al de maternidad. Este Real Decreto será publicado en el BOE el próximo martes y entrará en vigor el miércoles.

El Gobierno siempre ha expresado su intención de ampliar de manera progresiva el permiso de paternidad, que actualmente es de cinco semanas voluntarias. Así lo plasmó de nuevo en el borrador del decreto ley de 28 páginas que el Ejecutivo elaboró y presentó a los agentes sociales y patronal la semana pasada, un texto que no generó acuerdo entre las partes.

Pese a ello, el decreto ley ha sido aprobado y, consecuentemente, el permiso por paternidad para funcionarios y trabajadores del sector privado se elevará gradualmente hasta 2021, cuando tendrán permisos iguales, intransferibles y retribuidos de 16 semanas. Estos serán ampliables en dos semanas por cada hijo en casos de partos múltiples.

El objetivo de llevar esta medida a través del decreto ley es poder hacerla efectiva, ya que se quedó en el aire al tumbarse los presupuestos generales por parte del Congreso de los Diputados. Una vez aprobado el decreto ley, las medidas en él contempladas entrarán en vigor tras su publicación en el B.O.E, aunque el texto deba ser convalidado posteriormente por el Congreso.

Por otro lado, el Real Decreto-Ley introduce en nuestro ordenamiento el concepto de ‘trabajo de igual valor’, es decir, cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales sean equivalentes. Además, establece que la empresa llevará un registro de tablas salariales, al que podrán acceder los trabajadores a través de su representación sindical o del delegado de personal.

En tercer lugar, se plantea la modificación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en relación a los planes de igualdad en las empresas. El Real Decreto establece un plazo de tres años para que las empresas de más de 50 trabajadores elaboren y apliquen un plan de Igualdad, dos años para las de 100 a 150 y un año para las de 150 a 250. Hasta ahora solo era obligatorio para empresas con más de 250 trabajadores. Por otro lado, las empresas están obligadas a inscribir dicho plan en el Registro de planes de igualdad de las empresas, que se desarrollará reglamentariamente.

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