Las personas interesadas en participar en el Programa de Termalismo que organiza el Imserso en los turnos de febrero a agosto, tienen hasta el 9 de enero para apuntarse. Y hasta el 15 de mayo si prefieren ir entre septiembre y diciembre.
Los interesados en apuntarse, lo podrán hacer de forma telemática en la sede electrónica del Imserso, o dirigirse al apartado de correos número 61.285, 28080 Madrid.
En el caso de estar en lista de espera, el BOE aclara que para los turnos de febrero a agosto, ambos inclusivo, la fecha límite es el 14 de mayo de 2023. Y para los de septiembre a diciembre, hasta el 15 de noviembre.
Se pueden solicitar hasta cuatro balnearios o cuatro comunidades autónomas, en cuyo caso se opta a todos los establecimientos de las mismas. Si no tienes preferencia de lugar, puedes optar a todos los balnearios del país.
Tras presentar la solicitud, se la someterá a unos baremos, y para confirmar la asistencia habrá que abonar 40 euros. El Imserso subvenciona una media de 182,86 euros por plaza, el precio de las estancias oscila entre los 144,20 euros y los 234,41 euros. El precio es susceptible al lugar y fechas elegidos.
Tal y como explica la publicación del BOE, las estancias tendrán una duración de doce días y once noches, o diez días y nueve noches con pensión completa en habitaciones dobles. Y se realizarán entre febrero y diciembre de 2023.
Requisitos
Podrán participar las personas residentes en España que cumplan los siguientes requisitos:
Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social Español.
Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de la Seguridad Social español, con edad igual o superior a sesenta y cinco años.
También podrán ir acompañados por el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos.
Asimismo, podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.
Por otro lado, las personas que consigan plaza tienen que:
Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.