Opinión

ASJUBI40: "¿Dónde está la equidad en su reforma de pensiones, señor Escrivá?"

Comité de ASJUBI40

Foto: Foto cedida por ASJUBI40

Jueves 23 de marzo de 2023

7 minutos

ASJUBI40: "¿Dónde está la equidad en su reforma de pensiones, señor Escrivá?"

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Jueves 23 de marzo de 2023

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El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, define la segunda parte de la reforma de las pensiones de la siguiente forma: moderniza y fortalece el principal pilar del Estado de bienestar en los siguientes tres aspectos fundamentales:

- Suficiencia

- Equidad

- Sostenibilidad

El análisis profundo del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, ya está siendo valorado por parte de diversas plataformas y coordinadoras del movimiento de pensionistas, a cuyas tablas reivindicativas está adherida en su totalidad ASJUBI40 (@asjubi40). En consecuencia, desde ASJUBI40 nos vamos a centrar exclusivamente en lo que la reforma de las pensiones afecta directamente a nuestra reivindicación, que no es otra que la eliminación de los coeficientes reductores en las jubilaciones anticipadas con más de 40 años cotizados.

Queremos, en primer lugar, llamar la atención sobre una de las palabras que más se usa en este Real decreto ley. Es la palabra equidad.

¿Qué significa equidad?

1.- Cualidad que consiste en dar a cada uno lo que se merece en función de sus méritos o condiciones.

2.- Cualidad que consiste en no favorecer en el trato a una persona perjudicando a otra.

En este Real decreto de ley la palabra equidad aparece en 19 ocasiones. En ninguna de las frases esta palabra hace referencias a las personas con largas carreras laborales con más de 40 años cotizados. La mayoría de las veces que aparece la palabra equidad viene unida a la palabra intergeneracional.

¿Dónde está la equidad cuando existen colectivos que se pueden jubilar a los 59 o 60 años con 35 años cotizados y pensión sin reducción alguna, y, sin embargo, nuestro colectivo, con 40 o más años cotizados, sufre penalizaciones en su pensión que pueden llegar hasta el 40%? Esta inequidad se constata en la comparación con el colectivo de Clases Pasivas del Estado y con el colectivo de regímenes especiales de jubilación anticipada. Asimismo, la inequidad se produce también con el propio RGSS, dado que 37 años y 9 meses cotizados son suficientes para percibir la pensión íntegra con jubilación a la edad legal ordinaria.

Al contrario de lo que ocurre con la palabra equidad, en este Real decreto echamos de menos la palabra contributividad. 

¿Qué significa el principio de contributividad?

El principio de contributividad significa que cada uno va a recibir en el futuro una pensión de acuerdo con sus contribuciones al sistema, exigiendo un mínimo de 15 años para acceder al derecho. Así, quien más años y en mayor cuantía cotice al sistema, recibirá pensiones más altas.

¡Sorprendente!

En este Real decreto no aparece ni una sola vez la palabra contributividad. Es inconcebible que esta palabra, que durante el estudio de las recomendaciones del Pacto de Toledo ha sido nombrada por todos los grupos parlamentarios e incluso por el propio ministro, considerándose además uno de los pilares del sistema público de pensiones, y que no aparezca ni una sola vez en este real decreto de ley. En efecto, el principio de contributividad constituye por sí mismo la totalidad de la recomendación número 11 del Pacto de Toledo, la cual indica que el esfuerzo (años de cotización) debe guardar una relación equilibrada con las prestaciones (pensión).

¿Se ha eliminado intencionadamente esta palabra en este Real decreto ley?

En consecuencia, el colectivo de más de 800.000 personas afectadas por los coeficientes reductores en las jubilaciones anticipadas con más de 40 años cotizados, vemos que la palabra equidad se usa solo para justificar de forma sesgada los recortes, y constatamos que se ignora a las largas carreras de cotizaciones (que, por cierto, no aparecen ni una sola vez en el Real decreto de ley).

Al igual que echamos de menos la palabra discriminación.

¿Qué significa discriminación?

Dar trato desigual a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, de sexo, de edad, de condición física o mental, etc., es considerado discriminación.

El trato dispensado por este y anteriores gobiernos al colectivo de personas jubiladas anticipadamente con 40 o más años cotizados, frente al tratamiento preferente, inequitativo y discriminatorio concedido a otros colectivos, lo que provoca es perpetuar en el tiempo la injusticia de continuar aplicándose unos coeficientes reductores al colectivo que, con su trabajo, más ha aportado al estado del bienestar.

Incumplimiento del Pacto de Toledo

El Gobierno siempre argumenta que se ha limitado a aplicar las recomendaciones del Pacto de Toledo y que todo ha sido acordado en el seno de la Mesa de diálogo social. Ya hemos visto que esta afirmación es falsa. El primer ejemplo de incumplimiento es, como hemos citado anteriormente, no aplicar el principio fundamental de la contributividad. El segundo incumplimiento es la no aplicación de la recomendación número 12 del Pacto de Toledo. Esa recomendación exigía al Gobierno la presentación de un estudio respecto a las largas carreras de cotización y sus posibles inequidades. Pues bien, el Gobierno presentó (con 9 meses de demora sobre el plazo establecido) un estudio sesgado y parcial, carente de rigor científico, que por no tener, no incluía ni siquiera un estudio actuarial.

Pero, hasta la fecha, ni el Pacto de Toledo ni los sindicatos mayoritarios UGT y CCOO se han pronunciado en absoluto respecto al citado informe. ASJUBI40 presentó un contrainforme, sin obtener tampoco respuesta alguna por parte del Gobierno, del Pacto de Toledo ni de los sindicatos.

Sobre la base de estos dos graves incumplimientos de recomendaciones relevantes del Pacto de Toledo (11 y 12), desde ASJUBI40 entendemos que se trata de dos puntos que están todavía abiertos y, en consecuencia, pendientes de aplicación en el marco de la reforma de las pensiones.

Finalmente, es importante destacar que la legislación sobre pensiones de los países de nuestro entorno geográfico y social (Francia, Italia, Portugal, Grecia, Luxemburgo, Alemania, Bélgica…) protegen a las personas con largas carreras de cotización y que se han incorporado a la vida laboral a una edad muy temprana. Todos esos países tienen establecido un número de años cotizados, que garantiza la jubilación anticipada sin reducción alguna en su pensión. España es el único país que no muestra respeto por las personas que han cotizado durante más años.

La reivindicación de ASJUBI40 es un asunto de voluntad política que se tiene que solucionar YA. No es una cuestión económica. Cuando existe una injusticia, y este Gobierno es plenamente conocedor de la misma, hay que solucionarla, sí o sí, cueste lo que cueste. No hacerlo sería incurrir en un delito de prevaricación.

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Comité de ASJUBI40