La brutal discriminación hacia el colectivo ASJUBI40
Miércoles 4 de octubre de 2023
5 minutos
Miércoles 4 de octubre de 2023
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Ya sabemos que para cobrar el 100% de la pensión se necesita a día de hoy tener 36 años y medio cotizados, y si no se llega a esos años de cotización se penalizan con unos coeficientes que se aplican sobre la base reguladora.
La siguiente tabla muestra el % que se aplicará sobre la base reguladora en función del número de años cotizados:
También sabemos que si se accede a la jubilación anticipada, tanto de forma voluntaria (JAV), como de forma involuntaria (JAI), también se aplican unos coeficientes reductores sobre la base reguladora y que estos coeficientes varían dependiendo del tipo de jubilación anticipada, ya sea JAV o JAI, y del número de años cotizados.
La siguiente tabla muestra el % de coeficiente reductor que se aplicará sobre la base reguladora en función del número de años cotizados, y el número de meses que se anticipe la jubilación sobre la edad legal, en el caso de jubilaciones anticipadas voluntarias.
La siguiente tabla muestra el % de coeficiente reductor que se aplicará sobre la base reguladora en función del número de años cotizados:, y el número de meses que se anticipe la jubilación sobre la edad legal, en el caso de jubilaciones anticipadas involuntarias.
Analizando las tablas podemos comprobar cómo una persona que accede a la jubilación anticipada involuntaria (JAV) 24 meses antes de la edad legal de jubilación y con más de 41,5 años cotizados, se le aplica un coeficiente reductor del 17%, quedando su pensión en un 83% de su base regulador, que es el mismo coeficiente que se le aplica a una persona que al llegar a su edad legal de jubilación tiene cotizado 29 años.
Es decir se le aplica el mismo coeficiente reductor a una persona que ha cotizado 41,5 años (12,5 años más ) y a otra persona que tiene 29 años cotizados.
O en el caso de una persona que accede a la jubilación anticipada involuntaria (JAI) 48 meses antes de la edad legal de jubilación y con más de 41,5 años cotizados, se le aplica un coeficiente reductor del 26%, quedando su pensión en un 74% de su base regulador, que es el mismo coeficiente que se le aplica a una persona que al llegar a su edad legal de jubilación tiene cotizado 25 años.
Es decir, se le aplica el mismo coeficiente reductor a una persona que ha cotizado 41,5 años (16,5 años más ) y a otra persona que tiene 29 años cotizados.
Analizando este trato tan discriminatorio, se nos plantean varias preguntas.
1.- ¿Por qué se penaliza más a los que más años han cotizado?
2.- ¿Dónde se aplica aqui el principio de contributividad que tanto habla el Sr. Ministro Escrivá
3.- ¿Por qué no se tiene en cuenta que la mayoría de la generación del babyboom comenzó a trabajar con 14 o 15 años, cuando hoy en día sería ilegal, y se nos penaliza por eso, en lugar de considerar, por ejemplo, los años cotizados de los 14 a los 18 como años a doble cotización, o como coeficientes, en este caso, multiplicadores?
4.- ¿Podemos decir que no tiene sentido cotizar 41,5 años sin con 25 años cotizados tiene la misma prestación?
Todos estos argumento no lo han querido ver ni el gobierno actual ni los anteriores, pasándose por el arco del triunfo el apoyo a nuestra reivindicación en 16 de los 17 Parlamentos Autonómicos. Votan a favor de nuestra reivindicación en los Parlamentos Autonómicos y cuando llegan al poder o están en la oposición hacen oídos sordos.
Puesto blanco sobre negro, no hay mas ciego que el que no quiere ver.
Perdida la confianza en los partidos y políticos españoles, ASJUBI40 decidió ya a medidos de 2021 presentar más de 2.000 demandas en la Comisión del Parlamento Europeo.
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