Devolución a los mutualistas: ¿de verdad esto no es inconstitucional?
Jueves 27 de marzo de 2025
ACTUALIZADO : Jueves 27 de marzo de 2025 a las 12:14 H
2 minutos

Jueves 27 de marzo de 2025
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Acabo de leer la resolución del Defensor del Pueblo al tema de las devoluciones no efectuadas por la Administración de Hacienda a muchos mutualistas jubilados. Comenta y argumenta que no es inconstitucional, pero deberían de abonar intereses de demora.
Mi pregunta sería si es constitucional la diferencia de criterio sobre la devolución, es decir, aceptar que hay pensionistas de primera y segunda categoría, y si no contraviene el artículo de la Constitución que dice que todos los españoles somos iguales ante la ley. Además, si debe abonar intereses de demora, Hacienda está reconociendo que no ha cumplido los tiempos de abono.
En definitiva, que estamos igual que antes, solo que ha habido alguien –el Defensor del Pueblo– está enviando una respuesta tipo a todos los que hemos presentado una queja. Para este viaje no nos hace falta alforjas... Más de la mitad de nosotros no estaremos para recibir lo que es nuestro y la herencia se la doy a quien yo quiera, porque es mía, no son ellos los que tienen que opinar sobre a quien se la debo dejar.
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